JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 20 de octubre de 2010.
La Juez Temporal, abogada DIANA BEATRIZ CARRERO QUINTERO, designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 26 de abril de 2005, se ABOCA al conocimiento de la presente causa, y en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda conceder a las partes, un lapso de TRES (03) DÍAS DE DESPACHO siguientes al de hoy, a los fines de que puedan ejercer el recurso establecido en el citado artículo, lapso el cual correrá paralelamente a los lapsos que se encuentran transcurriendo en esta causa, de conformidad con la decisión de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia Nº 130 de fecha 22 de mayo de 2001, y ratificada en la misma Sala en sentencia Nº 0322 de fecha 27 de abril de 2004.
Vista la diligencia suscrita en fecha 01 de octubre de 2010, por el abogado Jorge Ramón Velázquez Simons, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 48.327, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante Sociedad Mercantil BANCO SOFITASA BANCO UNIVERSAL, C.A., por medio de la cual consigna en cinco (05) folios escrito contentivo del convenimiento debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Autónomo Chacao del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 28 de septiembre de 2010, cual quedo anotado bajo el N° 27, Tomo 202, en tal virtud, la ciudadana Juez de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil DA POR CONSUMADO EL ACTO, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO y en consecuencia, procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Se mantiene vigente la medida de embargo decretada en fecha 15 de julio de 2010.
No se ordena el archivo del expediente hasta tanto conste en autos el pago de las obligaciones pendientes.
Abg. Diana Beatriz Carrero Quintero
Juez Temporal
Abg. Jesús Alejandro Méndez
Secretario............
Exp. N° 7282 Mariela c.
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