REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 200° y 151°

ASUNTO Nº SP01-L-2010-000413

PARTE ACTORA: ANIBAL MEJIA FLOREZ Y GABRIEL TOLOZA BUITRAGO identificados con las cédulas Nros.E-81.914.125 y C.C.5.415.350.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JAVIER ANTONIO ROSARIO GOMEZ inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.48.905.

PARTE DEMANDADA: INDUSTRIA LIMITEX C.A., representada por el ciudadano JOSE ROSARIO RINCON BAUTISTA, identificado con la cédula Nro.23.014.0765

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, quince (15) de noviembre de 2010, siendo las 2:00 de la tarde, oportunidad en la que se continuó con la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se hizo presente la parte demandante, ciudadanos ANIBAL MEJIA FLOREZ Y GABRIEL TOLOZA BUITRAGO identificados con las cédulas Nros.E-81.914.125 y C.C.5.415.350, asistidos por el apoderado judicial abogado JAVIER ANTONIO ROSARIO GOMEZ inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.48.905 y por la parte demandada se hizo presente la apoderada judicial, abogada RITA JUSBET GARZON MORA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.63.610, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs.30.000,oo) de la siguiente manera: 1.- Para el ciudadano ANIBAL MEJIA FLOREZ la suma de Bs.13.500, pagaderos así: a) Bs.6.750,oo para el día 19 de noviembre de 2010 y b) Bs.6.750,oo para el día 03 de diciembre de 2010, 2.- Para el ciudadano GABRIEL TOLOZA BUITRAGO la suma de Bs.16.500,oo, pagaderos así: a) La suma de Bs.8.250,oo para el día 19 de noviembre de 2010 y b) La suma de Bs.8.250,oo para el día 03 de diciembre de 2010. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. Luego el Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,


Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Demandante, Parte Demandada,




La Secretaria,