REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 09 de Noviembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2006-003572
ASUNTO : SP11-P-2006-003572
ACTA DE INHIBICION
En audiencia del día de hoy nueve de noviembre, siendo las diez horas de la mañana (10:00 AM.), el abogado MIKE ANDREWS OMARA PARADA AMAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.151.451, en su carácter de Juez de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Extensión San Antonio, conforme a lo dispuesto en los artículos 87 y 89 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, expone: “por cuanto en la presente al revisar el presente asunto penal, se observa que en fecha 01 de diciembre de 2007, (folios 11 al 16 de las actuaciones), emití opinión cuando me encontraba ejerciendo labores como Juez de Primera Instancia en Función de Control Número Tres de este Circuito Judicial Penal, Extensión San Antonio del Táchira, dictando decisión en donde: PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano JULIO ENRIQUE ULLOA RODRÍGUEZ, , a quien le atribuye la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el numeral 3 del artículo 218, y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416, ambos del Código Penal, en perjuicio de la Cosa Pública y del ciudadano Jorge Meza Molina, por encontrarse llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LA LIBERTAD al ciudadano, JULIO ENRIQUE ULLOA RODRÍGUEZ, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el numeral 3 del artículo 218, y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416, ambos del Código Penal, en perjuicio de la Cosa Pública y del ciudadano Jorge Meza Molina, de conformidad con el artículo 256 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal debiendo el imputado cumplir con la siguiente obligación: Presentarse una vez cada quince (15) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal. CUARTO: Por cuanto este Tribunal fue informado por el Ministerio Público en esta audiencia de que el imputado JULIO ENRIQUE ULLOA RODRÍGUEZ, se encuentra solicitado según memorando Nº 12772 y oficio Nº 60607, de fecha 23 de mayo de 2001 por el del Juzgado Sexto de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, se ordena librar Boleta de Traslado para el mismo colocándole a disposición de ese despacho. En merito de lo anterior, me inhibo del conocimiento de la presente causa, por encontrarme incurso en la causal de inhibición prevista en el numeral 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal”. Se acuerda remitir inmediatamente las presentes actuaciones al Tribunal de Juicio respectivo, a los fines señalados en el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal y en el aparte final del artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial; así como, la remisión de la copia certificada de la presente acta junto con la copia certificada del acta de calificación de flagrancia, a la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los efectos previstos en el encabezamiento del artículo 48 del citado cuerpo normativo.
EL JUEZ DE JUICIO No 2
ABG. MIKE ANDREWS OMAR PARADA AMAYA
El Secretario
Abg. Francisco Javier Correa Serpa
SP11-P-2006-003572
MAOPA/09/11/2010.