REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 29 de Noviembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2008-000434
ASUNTO : SP11-P-2008-000434

Visto el escrito presentado por la Abogada BETTY SANGUINO PEREZ, Defensora del ciudadano: ALFREDO VELASCO PARDO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, natural de San Antonio , Estado Táchira, nacido en fecha 24 de mayo de 1.971, titular de la cédula de identidad Nº 12.517.984, casado, hijo de Vicente Velasco (V) y de Ana Rosa Pardo (V), de profesión u oficio Comerciante, residenciado en Rubio, Bicentenario, calle principal casa S/N, trabaja en un local de ropa al lado de la Obimar de Rubio, del Estado Táchira . Mediante el cual solicita: el decaimiento de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, esté Tribunal previo hace las siguientes observaciones:

DE LOS HECHOS

En fecha 03-02-08 el funcionario LUIS FRANCISCO ZABALA cabo segundo adscrito a la Comisaría Junín de la Policía del Estado Táchira, dejo constancia de la siguiente diligencia Policial: en esa misma fecha, siendo aproximadamente las 03:30 horas, recibió llamada telefónica por parte de una persona quien se negó a identificarse, manifestando que por las inmediaciones del sector Bicentenario calle 5 casa S/N, se encontraba un ciudadano amedrentando a la ciudadana: Haydee Cristina Sánchez Mejia, Venezolana, de 36 años de edad, CI: 10.167.181, Natural de San Cristóbal, soltera, Comerciante, residenciada en el sector Bicentenario, calle 2, vía Canea casa S/N Rubio, quien el día 02-02-08, a eso de las 23:00 horas formulo denuncia por ante esa sede Policial por Violencia Física, Psicológica, Acoso u Hostigamiento y Amenaza, en contra de ese sujeto, en vista de la situación salio en compañía del C/2DO Daniel Uribe, agente Román García y distinguido José Castillo, hasta el referido sector para ubicar y trasladar al agresor hasta la sede policial para proseguir el caso, una vez en el sitio, procedieron a dialogar con el ciudadano que se encontraba en frente de la residencia de la agraviada, haciéndole del conocimiento de la presencia de la comisión en el lugar, y lo trasladaron al imputado hasta la sede policial, luego trasladaron a la ciudadana hasta el hospital Padre Justo, donde el medico de guardia Dra. Rosa Ortiz, le diagnostico la cual presenta hematomas en hemicara izquierda, de lo cual anexaron constancia medica, luego el imputado quedo identificado como: ALFREDO VELASCO PARDO, Venezolano, CI: 12.517.984, de 36 años, natural de San Antonio, Tapicero, Soltero, fecha de nacimiento 24-05-71, residenciado en sector Bicentenario P/Alta, vereda 5, casa s/n Rubio, quien para el momento vestía: Pantalón jeans de color Azul, camisa de color blanco a cuadros con dibujos negros, zapatos de cuero de color marrón, cabello de color negro, contextura delgada, piel morena, estatura aproximada de 1,67m, ojos color negro, cabe destacar, que al imputado a eso de las 04:50 pm del día 03-02-08, procedieron hacerle del conocimiento de la causa de su detención preventiva, le leyeron sus derechos, le fue respetada su integridad física, moral y psicológica y sus derechos constitucionales, luego le efectuaron llamada telefónica al fiscal del Ministerio Publico y quedo a ordenes de ese Organismo Fiscal, en la sede de la Comisaría Policial del Municipio Bolívar.
Anexo a las actuaciones la fiscalía presento.

1.- Denuncia de la ciudadana Haydee Cristina Sánchez Mejia, Venezolana, de 36 años de edad, CI: 10.167.181, de fecha 01-02-08, corriente en el folio cinco (05).
2.- Constancia Médica, de fecha 03-02-08, suscrita por la Dra. Rosa Ortiz, realizada a la ciudadana Cristina Sánchez, corriente en el folio seis (06).


De igual manera se observa en las actuaciones que se encuentra fijada audiencia Preliminar en la presente causa para el día 09-12-2010, a las 09:00 de la mañana, es por lo que en fundamento al artículo 264 de la norma penal adjetiva, se amplia el Régimen de Prueba el cual ya fue ampliada por esté juzgado en fecha 08-06-2009, de cada Treinta (30) días a cada Sesenta (60) días. Así se decide.
Por lo antes expuesto, ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
UNICO: Se amplia el Régimen de presentaciones de cada de cada Treinta (30) días a cada Sesenta (60) días, al ciudadano: ALFREDO VELASCO PARDO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, natural de San Antonio , Estado Táchira, nacido en fecha 24 de mayo de 1.971, titular de la cédula de identidad Nº 12.517.984, casado, hijo de Vicente Velasco (V) y de Ana Rosa Pardo (V), de profesión u oficio Comerciante, residenciado en Rubio, Bicentenario, calle principal casa S/N, trabaja en un local de ropa al lado de la Obimar de Rubio, del Estado Táchira. Notifíquese a las partes y al imputado, déjese copia para archivo del Tribunal, Cúmplase.


ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZA TERCERO DE CONTROL



SECRETARIO











REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 29 de Noviembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2008-000434
ASUNTO : SP11-P-2008-000434

Visto el escrito presentado por la Abogada BETTY SANGUINO PEREZ, Defensora del ciudadano: ALFREDO VELASCO PARDO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, natural de San Antonio , Estado Táchira, nacido en fecha 24 de mayo de 1.971, titular de la cédula de identidad Nº 12.517.984, casado, hijo de Vicente Velasco (V) y de Ana Rosa Pardo (V), de profesión u oficio Comerciante, residenciado en Rubio, Bicentenario, calle principal casa S/N, trabaja en un local de ropa al lado de la Obimar de Rubio, del Estado Táchira . Mediante el cual solicita: el decaimiento de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, esté Tribunal previo hace las siguientes observaciones:

DE LOS HECHOS

En fecha 03-02-08 el funcionario LUIS FRANCISCO ZABALA cabo segundo adscrito a la Comisaría Junín de la Policía del Estado Táchira, dejo constancia de la siguiente diligencia Policial: en esa misma fecha, siendo aproximadamente las 03:30 horas, recibió llamada telefónica por parte de una persona quien se negó a identificarse, manifestando que por las inmediaciones del sector Bicentenario calle 5 casa S/N, se encontraba un ciudadano amedrentando a la ciudadana: Haydee Cristina Sánchez Mejia, Venezolana, de 36 años de edad, CI: 10.167.181, Natural de San Cristóbal, soltera, Comerciante, residenciada en el sector Bicentenario, calle 2, vía Canea casa S/N Rubio, quien el día 02-02-08, a eso de las 23:00 horas formulo denuncia por ante esa sede Policial por Violencia Física, Psicológica, Acoso u Hostigamiento y Amenaza, en contra de ese sujeto, en vista de la situación salio en compañía del C/2DO Daniel Uribe, agente Román García y distinguido José Castillo, hasta el referido sector para ubicar y trasladar al agresor hasta la sede policial para proseguir el caso, una vez en el sitio, procedieron a dialogar con el ciudadano que se encontraba en frente de la residencia de la agraviada, haciéndole del conocimiento de la presencia de la comisión en el lugar, y lo trasladaron al imputado hasta la sede policial, luego trasladaron a la ciudadana hasta el hospital Padre Justo, donde el medico de guardia Dra. Rosa Ortiz, le diagnostico la cual presenta hematomas en hemicara izquierda, de lo cual anexaron constancia medica, luego el imputado quedo identificado como: ALFREDO VELASCO PARDO, Venezolano, CI: 12.517.984, de 36 años, natural de San Antonio, Tapicero, Soltero, fecha de nacimiento 24-05-71, residenciado en sector Bicentenario P/Alta, vereda 5, casa s/n Rubio, quien para el momento vestía: Pantalón jeans de color Azul, camisa de color blanco a cuadros con dibujos negros, zapatos de cuero de color marrón, cabello de color negro, contextura delgada, piel morena, estatura aproximada de 1,67m, ojos color negro, cabe destacar, que al imputado a eso de las 04:50 pm del día 03-02-08, procedieron hacerle del conocimiento de la causa de su detención preventiva, le leyeron sus derechos, le fue respetada su integridad física, moral y psicológica y sus derechos constitucionales, luego le efectuaron llamada telefónica al fiscal del Ministerio Publico y quedo a ordenes de ese Organismo Fiscal, en la sede de la Comisaría Policial del Municipio Bolívar.
Anexo a las actuaciones la fiscalía presento.

1.- Denuncia de la ciudadana Haydee Cristina Sánchez Mejia, Venezolana, de 36 años de edad, CI: 10.167.181, de fecha 01-02-08, corriente en el folio cinco (05).
2.- Constancia Médica, de fecha 03-02-08, suscrita por la Dra. Rosa Ortiz, realizada a la ciudadana Cristina Sánchez, corriente en el folio seis (06).


De igual manera se observa en las actuaciones que se encuentra fijada audiencia Preliminar en la presente causa para el día 09-12-2010, a las 09:00 de la mañana, es por lo que en fundamento al artículo 264 de la norma penal adjetiva, se amplia el Régimen de Prueba el cual ya fue ampliada por esté juzgado en fecha 08-06-2009, de cada Treinta (30) días a cada Sesenta (60) días. Así se decide.
Por lo antes expuesto, ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
UNICO: Se amplia el Régimen de presentaciones de cada de cada Treinta (30) días a cada Sesenta (60) días, al ciudadano: ALFREDO VELASCO PARDO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, natural de San Antonio , Estado Táchira, nacido en fecha 24 de mayo de 1.971, titular de la cédula de identidad Nº 12.517.984, casado, hijo de Vicente Velasco (V) y de Ana Rosa Pardo (V), de profesión u oficio Comerciante, residenciado en Rubio, Bicentenario, calle principal casa S/N, trabaja en un local de ropa al lado de la Obimar de Rubio, del Estado Táchira. Notifíquese a las partes y al imputado, déjese copia para archivo del Tribunal, Cúmplase.


ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZA TERCERO DE CONTROL



SECRETARIO