REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales

PICAPITULO I
DE LAS PARTES

Sentencia N°1283-10-1036

DEMANDANTE: Maribel Colmenares Contreras, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.784.586, con el carácter de madre de los niños Yuliana Gabriela, Rosana y Sarahi Esperanza Colmenares Colmenares.

DIRECCIÓN: Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.

DEMANDADO: Pedro Jesús Colmenares Vanegas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.149.397, con el carácter de padre de los niños Yuliana Gabriela, Rosana y Sarahi Esperanza Colmenares Colmenares.
.

DIRECCIÓN: Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira


MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención

CAUSA NRO. 1283-10

Fecha de Entrada: 30 de Noviembre de 2010.

CAPITULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 25 de Noviembre de 2010, se recibió oficio Nro. 008, procedente de la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, el cual remiten Acta de Fijación Obligación de Manutención donde los ciudadanos MARIBEL COLMENARES CONTRERAS y PEDRO JESUS COLMENARES VANEGAS, llegando las partes al siguiente acuerdo inserto en el folio (08) vuelto que dice lo siguiente: “Ambas partes están de acuerdo en que el obligado PEDRO JESUS COLMENARES, queda comprometido a dar por el momento la cantidad de 200 a 300 Bs después de su recuperación y que este trabajando le aumentará la cuota, también en cuanto a los útiles escolares y ropa. La señora Maribel Colmenares acepta la propuesta del señor PEDRO también que lo recibe por medio de un recibo de pago por que ella tiene la beca de madres del barrio y teme que por el banco se la quiten si le apertura otra cuenta a nombre de ella”.
En fecha 30 de Noviembre de 2010, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordenó la notificación de los ciudadanos MARIBEL COLMENARES CONTRERAS y PEDRO JESUS COLMENARES VANEGAS.
En fecha 30 de Noviembre de 2010, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión y Homologación de la presente demanda.

CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN


En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación de Manutención suscrita entre las partes MARIBEL COLMENARES CONTRERAS y PEDRO JESUS COLMENARES VANEGAS. inserta en el folio (f. 08 vuelto), por ante la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, de acuerdo con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Déjese copia Certificada para el archivo del Tribunal.
Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los treinta días del mes de noviembre del dos mil diez. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza


ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.
El Secretario.


LUIS ALFONSO SÁNCHEZ PEREZ