REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
CAPITULO I
DE LAS PARTES
Sentencia N°1273-10-1033
DEMANDANTE: Rosa Elena Contreras, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.972.226, con el carácter de madre de la Adolescente Keyla Yugreisy Orozco Contreras.
DIRECCIÓN: Recta Ayarí, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.
DEMANDADO: Carlos Alberto Orozco Moreno, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-24.744.620, con el carácter de padre de la Adolescente Keyla Yugreisy Orozco Contreras.
DIRECCIÓN: Km. 26 vía el Llano del Municipio Libertador del Estado Táchira.
MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención
CAUSA NRO. 1273-10
Fecha de Entrada: 25 de Noviembre de 2010.
CAPITULO II
DE LOS HECHOS
En fecha 23 de Noviembre de 2010, se recibió oficio Nro. 030, procedente de la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, el cual remiten Acta de Fijación Obligación de Manutención donde los ciudadanos ROSA ELENA CONTRERAS y CARLOS ALBERTO OROZCO MORENO, llegando las partes al siguiente acuerdo inserto en el folio (09) vuelto que dice lo siguiente: “Ambas partes están de acuerdo en que el obligado ENDER ALI CHACON VIVAS, dará mensualmente la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300) Mensuales a la Adolescente KEYLA OROZCO CONTRERAS, siendo depositados al numero de cuenta de la Abuela …, así mismo colaborará en cuanto a un estreno en el mes de Diciembre y el mes de Agosto le comprara los útiles escolares, así como en medicina cuando así se crea necesario.”.
En fecha 25 de Noviembre de 2010, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordenó la notificación de los ciudadanos ROSA ELENA CONTRERAS y CARLOS ALBERTO OROZCO MORENO.
En fecha 25 de Noviembre de 2010, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión y Homologación de la presente demanda.
CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación de Manutención suscrita entre las partes ROSA ELENA CONTRERAS y CARLOS ALBERTO OROZCO MORENO. inserta en el folio (f. 09) vuelto, por ante la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, de acuerdo con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Se acuerda la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana ROSA ELENA CONTRERAS en la entidad Bancaria del Bicentenario cuya beneficiaria es la Adolescente KEYLA OROZCO CONTRERAS el depósito de la obligación de manutención, y una vez aperturada dicha cuenta notifíquese al obligado ciudadano CARLOS ALBERTO OROZCO MORENO.
Déjese copia Certificada para el archivo del Tribunal.
Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los veinticinco días del mes de noviembre del dos mil diez. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza
ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.
El Secretario.
LUIS ALFONSO SÁNCHEZ PEREZ
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