REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
200º y 151º

PARTE SOLICITANTE: MAGALI RINCON CONTRERAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 22.643.120, domiciliada en la calle 9, casa Nº 6-66 Las Flores, Municipio Junín del Estado Táchira.
PARTE OBLIGADA: EDWING STANLY OCHOA PEÑA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 13.038.596, domiciliado en la calle 9, Nº 20-100, esquina San Martín Rubio Municipio Junín. Actualmente trabaja como Chofer del IUT San Cristóbal Estado Táchira.
BENEFICIARIA: (omissis)
MOTIVO: HOMOLOGACIÓN AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
EXPEDIENTE Nº 2197-05


Vista el convenimiento celebro entre los Ciudadanos: MAGALI RINCON CONTRERAS, titular de la Cédula de Identidad N° V- 22.643.120, y EDWING STANLY OCHOA PEÑA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.038.596, de fecha 05 de Noviembre de 2.010, en el cual manifiestan “… llegamos en conjunto al acuerdo de un aumento de pensión alimentaria de NOVENTA BOLIVARES (Bs. 90,00) semanales, para un total de TRESCIENTOS SESENTA BOILVARES (Bs. 360,00) mensuales, y así mismo aumentar las cuotas extraordinarias de Agosto de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,00) y Diciembre la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) para empezar realizar dichos pagos desde la presente fecha. Descuentos que se harán a la nómina de pago del ciudadano EDWING OCHOA (Conductor del I.U.T) sin más a que acotar se anexan recibos de pago…”. Este Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. CUMPLASE. En consecuencia se ordena oficiar al Director del Instituto Universitario de Tecnología, Agro-Industrial Región los Andes, Departamento de Personal, San Cristóbal, Estado Táchira, a los fines de informar el aumento de la obligación de manutención convenido entre las partes, al igual que instar al IUT, a que efectúen los depósitos puntuales en la cuenta de Banfoandes. Líbrese oficio.
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Rubio a los Diez (10) días del mes de Noviembre de año 2010.
La Jueza Provisoria,

Abg. ANA RAMONA ACUÑA
El Secretario Titular,

Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZÁLEZ

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal y librándose oficio N° 3170-1259.