JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veinticuatro de noviembre de dos mil diez.
200º y 151º
Por cuanto en la presente solicitud, ya se le escuchó declaración Jurada a los Testigos presentados por la ciudadana MARÍA HELENA ALEZARD APONTE, identificada en autos, y en su escrito de fecha 25/10/10, en el cual exponen que su madre GRACIELA APONTE LARES, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-968.546, fallecido el día 17 de junio de 2010, tal y como se evidencia del Acta de Defunción N° 462, levantada en fecha 30/06/2010, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, la cual esta anexa al presente escrito, igualmente consignan: 1) Partidas de Nacimiento Nos.188 – Año 1.955. 2) Copias Fotostáticas de las Cédulas de identidad. Donde se evidencia que la ciudadana MARÍA HELENA ALEZARD APONTE, es la única y universal heredera de la fallecida GRACIELA APONTE LARES. Es por lo que este Tribunal ADMITE la presente solicitud y en consecuencia este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a MARÍA HELENA ALEZARD APONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.441.424, respectivamente, en su condición de hija de la fallecida GRACIELA APONTE LARES, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo TODOS LOS DERECHOS DE TERCEROS. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas a la parte interesada, a los fines legales.
El Juez Temporal,

Abg. Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Abg. Anaminta Peñaloza Espinoza
Exp.- 6369 .- en la misma fecha se deja copia para el archivo bajo el No.
Emily.-