JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veinticuatro de noviembre de dos mil diez.
200º y 151º

Asumidas como han sido las funciones de quien suscribe como Juez temporal de este Juzgado, ME AVOCO al conocimiento de la presente causa, y en base al artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se continúa el proceso en el estado en que se encuentra. A tal efecto, de conformidad con el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, primer aparte, se fija un lapso de tres (3) días de despacho, para que las partes recusen, allanen o el Juez se inhiba, dicho lapso correrá paralelo a los de la causa.
En el presente juicio N° 4676, instaurado por la abogada IRENE ANDARA ZAMARRIPA, inscrita en el Inpreabogado bajo el LN° 32.453, en su carácter de representante de GLADYS COLMENARES DE DOMINGUEZ, por Cobro de Bolívares por la Vía Ejecutiva, contra JOSE ELIAS MENDEZ SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.023.840; y visto el escrito de fecha 27-11-1995, presentado por la abogada actora, mediante la cual desiste del procedimiento; este Juzgado considera procedente dicho pedimento, de acuerdo a lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al desistimiento realizado por la parte actora IRENE ANDARA ZAMARRIPA, otorgándole su APROBACIÓN y en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N°
Marilu