JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veintidós de noviembre de dos mil diez.
200º y 151º

En el presente juicio N° 6406, instaurado por la abogada BRENDA GERARDINE NIÑO, titular de la cédula de identidad N° V-12.972.145, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.779, en su carácter de apoderada judicial del Banco Bicentenario, Banco Universal, C.A., contra ROSA MAGDALENA CARDENAS GIL, titular de la cédula de identidad N° V-12.794.633, por Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio; y vista la diligencia de fecha 23 de marzo de 2010, suscrita por la Brenda Niño, y la autorización emitida por el representante del Banco Bicentenario, donde manifiesta que la parte demandada canceló la obligación contraída, por ello solicita se de por terminado el juicio y se archive el expediente, se desglose el documento fundamental de la demanda; por cuanto este Juzgado observa que el pedimento hecho no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE dicho pedimento y a tal efecto acuerda:
 Desglosar los documentos fundamentales de esta demanda y dejar en su lugar copia fotostática certificada.
 Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 912
Marilu