JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 22 de Noviembre de 2010.
200° y 151°
Visto el desistimiento efectuado en fecha 18 de noviembre del presente año, por la representación judicial de la parte demandante, abogados HERNAN PARADA TORRES y RAFAEL DARÍO GARCES MOGOLLON, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 138.237 y 143.363; respectivamente, este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal, y archívese el expediente.
Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank A. Villamizar Rivera
Secretario
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.), quedando registrada bajo el No. 2022; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
El Secretario
Rosherli.
Exp. 12.806-10
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