REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
200° Y 151°
En fecha 24/03/2009; este tribunal dio entrada al presente Recurso Contencioso Subsidiario del Recurso Jerárquico, procedente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), constante de cuarenta y dos (42) folios útiles, inventariándolo bajo el Nro. 1916, interpuesto por el ciudadano PLINIO MONTIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.713.319, actuando con el carácter de Representante Legal de la Sociedad Mercantil “FARMACIA PANAMERICANA, C.A.”, con Registro de Información Fiscal N° J-09003753-5, asistido en este acto por el abogado EVANGELISTA LEÓN PIRELA, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 20.392.
En fecha 26/03/2009; se tramitó el presente expediente, ordenando las notificaciones mediante oficios al: Gerente General de Servicios Jurídicos del SENIAT; al Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela; al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela; al Fiscal 13 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas y al recurrente, todas debidamente practicadas a los folios cuarenta y ocho (48); cincuenta y ocho (58); sesenta y tres (63); sesenta y seis (66) y ochenta y siete (87).
I
Por consiguiente, estando las partes a derecho y siendo la oportunidad legal procesal correspondiente para admitir o inadmitir el presente recurso contencioso tributario, esta Juzgadora pasa a decidir:
Se constata la legitimidad de la persona que se presenta como representante el recurrente y no constando en autos oposición alguna, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, observa lo siguiente: Sin embargo de las actas que constan en el expediente, se observa que el recurrente en su escrito recursivo, va en contra del Aviso de Cobro Administrativo Nro. 1194, de fecha 04/07/2001, el cual es un Acto que no puede ser objeto de recurso, es decir, no es recurrible ni en vía administrativa ni contencioso por ser de mero tramite, razón por lo cual este Tribunal confirma la Resolución de Jerárquico Nro. 1161, de fecha 28/11/2008, la cual declaro Inadmisible el presente recurso y así se decide.
II
ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA INADMISIBLE EL RECURSO CONTENCIOSO SUBSIDIARIO AL RECURSO JERARQUICO, interpuesto contra la Resolución del Jerárquico NRo. 1161, de fecha 28/11/2008, emitida por la Gerente de Recursos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a nombre de la Sociedad Mercantil “FARMACIA PANAMERICANA, C.A.”, con Registro de Información Fiscal N° J-09003753-5, representada por el ciudadano PLINIO MONTIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.713.319, actuando con el carácter de Representante Legal de la mencionada Sociedad Mercantil, asistido en este acto por el abogado EVANGELISTA LEÓN PIRELA, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 20.392.
Notifíquese por correo certificado, agregando su respectivo acuse de recibo, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República. Cúmplase.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los once (11) días del mes de Noviembre del año dos mil diez (2010). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Año 200 de la Independencia y 151º de la Federación.
ANA BEATRIZ CALDERON SANCHEZ
LA JUEZ TITULAR
ROLANDO JOSÉ RODRÍGUEZ CAMARGO
EL SECRETARIO
Exp. N° 1916.
ABCS/YJMZ
contencioso por ser de mero tramite, razón por lo cual este Tribunal confirma
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