JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 26 de noviembre de 2010.
200º y 151º
Visto el escrito presentado por el Abogado Andrés Eladio Pernia Mora, apoderado de la parte demandante, por una parte y por la otra los ciudadanos José Alexis Monsalve Murillo, titular de la cédula de identidad N° 5.031.115, actuando en su carácter de presidente de la Asociación Civil Mini Centro Comercial Colonial, Hilda María Galvis Silva, titular de la cédula de identidad N° 12.954.809 en su carácter de vicepresidente de la Asociación Civil Mini Centro Comercial Colonial y Manuel Molina titular de la cédula de identidad N° 4.634.622, en su carácter de tesorero de la Asociación Civil Mini Centro Comercial Colonial, parte demandada, asistidos por el abogado Hildemar Rojas Balza, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 6.691, mediante el cual deciden de mutuo acuerdo celebrar transacción en la presente causa; este Juzgado Superior homologa la transacción hecha por las partes y acuerda darle el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil; todo lo cual decide este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Transito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada conforme lo dispone el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y bájese el presente expediente.
La Jueza Titular,
Ana Yldikó Casanova Rosales
El Secretario,
Antonio Mazuera Arias
En la misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m) se público la anterior decisión y se dejó copia fotostática certificada de la misma para el archivo del Tribunal.
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Exp. Nº 6654