REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Visto el oficio N° 20-F10-0651-10 de fecha 20-04-10, suscrito por la Fiscal Décimo del Ministerio Público Abogada NERZA LABRADOR DE SANDOVAL, mediante el que solicita a este Tribunal se autorice la destrucción de la droga incautada en la investigación N° 20-F10-0073-10, Causa Penal N° 7C-10546-10, seguida en contra del ciudadano: VICTOR ANDRÉS CONTRERAS MORA, consistente en la cantidad de: UN (01) GRAMO CON OCHOCIENTOS CINCUENTA (850) MILIGRAMOS DE COCAÍNA BASE, según Experticia Química N° 9700-134-LCT-1596, de fecha 26-03-10; ESTE TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, AUTORIZA: La DESTRUCCIÓN de la cantidad de: UN (01) GRAMO CON OCHOCIENTOS CINCUENTA (850) MILIGRAMOS DE COCAÍNA BASE, según Experticia Química N° 9700-134-LCT-1596, lo cual se hace de conformidad con lo señalado en el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Así se decide.-





Abg. CIRO HERACLIO CHACÓN LABRADOR
Juez Séptimo de Control




Abg. MARBI CACERES PAZ
Secretaria



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-

Causa Penal Nº 7C-10546-10
CHCL/mav