JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 26 de mayo de 2010.
200º y 151º
Vista el Acta de Conciliación suscrita por los ciudadanos GABRIEL CARRIEDO QUIROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.325.937 y DILIA COROMOTO GUERRERO CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.975.647, a favor de la niña (se omite el nombre), en fecha 25 de mayo de 2010, inserta al folio 1, del expediente N° 2472-2010 por Ofrecimiento de Obligación de Manutención, y por cuánto la misma no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al Acta de Conciliación conforme a lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a la Fiscalía del Ministerio Público Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial. Ofíciese al Banco Sofitasa, Sucursal San Antonio del Táchira a los fines de aperturar cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana DILIA COROMOTO GUERRERO CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.975.647, en su carácter de representante legal de la niña (se omite el nombre). Cúmplase.

El Juez Titular,


Abg. Pedro Antonio Gafaro Pernía


La Secretaria,


Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas


En la misma fecha se libro boleta de notificación al Fiscal y se oficio bajo el N° 3130-453.

La Sria.,

Exp N° 2472-2010
PAGP/jacs