JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veinticinco de mayo de dos mil diez.
200º y 151º
Asumidas como han sido las funciones de quien suscribe, como Juez Temporal de este Juzgado, ME ABOCO al conocimiento de la presente causa y en base al artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se continúa el proceso en el estado en que se encuentra. A tal efecto, se fija un lapso de tres (03) días de despacho que correrán paralelo a los de la causa en sí, para los efectos del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil.
Por cuanto en la presente solicitud, ya se le escuchó declaración Jurada a los Testigos DICKINSON JESÚS RAMÍREZ y ANDERSON ALBERTO MORANTE RAMÍREZ y visto el escrito presentado por la ciudadana KEYLA JOHANNA PÉREZ, identificada en autos, donde consigna Acta de Defunción, solicitada en auto de fecha 09/02/2010, y visto el escrito de solicitud de fecha 05/11/2009, en el cual exponen que la de de cujus PRUDENCIA DEL ROSARIO SÁNCHEZ ZAMBRANO conocida también como ROSARIO SÁNCHEZ, según lo exponen los solicitantes en escrito inserto en el folio uno (1), era venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-2.968.827, fallecida el día 28 de febrero de 2004, tal y como se evidencia del Acta de Defunción N° 126, levantada en fecha 01/03/2004, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, la cual esta anexa al presente escrito, igualmente consignan: 1) Partidas de Nacimiento Nos. 36 – Año 1981; 56 – Año 1.963; 195 - Año 1.967; 124 – Año 1.973; 84 – Año 1966; 97 – Año 1971; 165 – Año 1969; 111 – Año 1964; 6 – Año 1962. 2) Rectificación de Acta de Defunción No. 5757 de fecha 02/12/2009. 3) Copias Fotostáticas de las Cédulas de identidad. 4) Acta de Defunción No.1671 – Año 2001. Donde se evidencia que los ciudadanos ANTONIO EDUARDO PÉREZ SÁNCHEZ, JESÚS MANUEL PÉREZ SÁNCHEZ, MIGUEL ENRIQUE PÉREZ SÁNCHEZ, ANA MAIDE PÉREZ SÁNCHEZ, JAIRO HUMBERTO PÉREZ SÁNCHEZ, NELY DEL ROSARIO PÉREZ SÁNCHEZ, RAMÓN ALONSO PÉREZ SÁNCHEZ Y KEYLA JOHANNA PÉREZ, son los únicos y universales herederos de la fallecida PRUDENCIA DEL ROSARIO SÁNCHEZ ZAMBRANO conocida también como ROSARIO SÁNCHEZ, según lo exponen los solicitantes. Es por lo que este Tribunal ADMITE la presente solicitud y en consecuencia este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA las
CINCUENTA Y TRES (53)

presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a ANTONIO EDUARDO PÉREZ SÁNCHEZ, JESÚS MANUEL PÉREZ SÁNCHEZ, MIGUEL ENRIQUE PÉREZ SÁNCHEZ, ANA MAIDE PÉREZ SÁNCHEZ, JAIRO HUMBERTO PÉREZ SÁNCHEZ, NELY DEL ROSARIO PÉREZ SÁNCHEZ, RAMÓN ALONSO PÉREZ SÁNCHEZ Y KEYLA JOHANNA PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.125.191, V-9.333.841, V-9.330.397, V-10.744.558, V-10.744.559, V-10.744.560, V-9.338.714 Y V-14.281.704, respectivamente, en su condición de hijos y nieta de la fallecida PRUDENCIA DEL ROSARIO SÁNCHEZ ZAMBRANO conocida también como ROSARIO SÁNCHEZ, según lo exponen los solicitantes, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo TODOS LOS DERECHOS DE TERCEROS. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas a la parte interesada, a los fines legales.
El Juez Temporal,


Abg. Juan José Molina Camacho
La Secretaria,


Abg. Anaminta Peñaloza Espinoza
Exp.- 5870 .- en la misma fecha se deja copia para el archivo bajo el No. 33
Emily.-