JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintiuno (21) de mayo del año dos mil diez.

200° y 151°


Vista la diligencia presentada en fecha 08/12/2009, ante el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolívar, Lagunillas, Valmore Rodriguez, Miranda y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que corre inserto a los folios 17, 18 y 19 del cuaderno de medidas, suscrito por la parte demandante, empresa mercantil VANITY INTERNATIONAL COLLETION C.A., inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 20-02-2006, bajo el No. 50 tomo 14-A, a través de su apoderada judicial abogada AMBAR LORENA ANGULO ZAMBRANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 116.441, por una parte, y por la otra, la ciudadana CELIA MARIA DELGADO DE LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.931.060 domiciliada en el Estado Zulia, asistida de la abogada LORENA ALVAREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 101.738; en la cual la parte demandada, ya identificada manifiesta su voluntad de CONVENIR en la presente demanda, y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintiún (21) días del mes de mayo del año dos mil diez. (21/05/2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.



Abg. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL

Abg. MARIA ESPERANZA VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA