REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.

San Cristóbal, tres (03) de mayo de 2010
200º y 151º

ASUNTO N° SP01-S-2007-000031

INDICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE OFERIDA: JOSÉ LUÍS ROJAS SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nro. V.- 11.342.898.
PARTE OFERENTE: Sociedad Mercantil, EXPRESOS OCCIDENTE COMPAÑÍA ANÓNIMA, (EOCA), inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N° 12, Tomo 4-A de fecha 14 de marzo de 1977.
MOTIVO: Oferta Real de Pago de Prestaciones Sociales.

Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación fue realizada en fecha 25 de Febrero de 2009, cuando la Oficina de Control de Consignaciones ofició a Banfoandes Banco Universal C.A. a fin de que aperturara una cuenta de ahorros a nombre del ciudadano JOSÉ LUÍS ROJAS SALAZAR, sin que la parte oferente haya aportado el dinero ofertado para la apertura de la misma, y sin que se efectuara ninguna otra actuación, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:

Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.

Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...

Ahora bien, como quiera que de Autos se desprende que en el presente Juicio, desde el día 25 de Febrero de 2009, la parte oferente no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los Artículos antes señalados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en la Oferta Real de Pago de Prestaciones Sociales presentada por la empresa EXPRESOS OCCIDENTE COMPAÑÍA ANÓNIMA a favor del ciudadano JOSÉ LUÍS ROJAS SALAZAR.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los Tres (03) días del mes de mayo de dos mil diez (2010).
La Juez

Abg. Beatriz Elena González Giraldo
La Secretaria


En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, dejándose copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal.
BEGG/yhm



Exp. SP01-S-2007-000031