REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 03 de mayo de 2010.

200º y 151º

Visto el escrito de fecha 28 de abril de 2010, presentado por el abogado TULIO ABAD MARTINEZ PEREZ, inscrito e el Inpreabogado bajo el N° 31.102, actuando con el carácter de Apoderado de la parte demandante en la presente causa, por un aparte y por la otra el ciudadano HENRY NOEL SAYAGO CRIOLLO, titular de la cédula de identidad N° V-14.941.653, y la ASOCIACION CIVIL LINEA PUENTE REAL, inscrita por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, bajo el N° 13, Tomo 5, Protocolo I de fecha 25 de abril de 1985, representada por su Presidente BENJAMIN SUAREZ PINTO, titular de la cédula de identidad N° V-5.645.331, actuando en este acto como Co-demandados y el ciudadano CIRO ALIRIO SAYAGO CRIOLLO, titular de la cédula de identidad N° 5.031.628, actuando con el carácter de Tercero Opositor a la medida cautelar de embargo, asistidos por el abogado JHONNY CLARET DUQUE PAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.352, respectivamente contentiva de la TRANSACCIÓN celebrada entre ellos; el Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN en los términos acordados y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, solo en lo que respecta a los co-demandados HENRY NOEL SAYAGO CRIOLLO y la ASOCIACION CIVIL LINEA PUENTE REAL. Conforme a lo solicitado se levanta la medida de embargo preventivo decretada por este Juzgado 27 de julio de 2009 y practicada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Gúasimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 03 de noviembre de 2009, y en virtud de lo cual se acuerda oficiar lo conducente a la Depositaria Judicial La seguridad, representada por el ciudadano MARIO ALBERTO TOVAR VELASCO, titular de la cédula de identidad N° V-5.128.319, a los fines de ponerle en conocimiento que ha cesado en sus funciones como tal; asimismo se acuerda oficiar al Estacionamiento Libertador, a los fines de que haga entrega inmediata a la Asociación Civil LINEA PUENTE en la persona de su Presidente BENJAMIN SUAREZ PINTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.645.331, el vehículo de las siguientes características: MARCA: ENCAVA; MODELO: ENT-6103L; PLACAS; AF2-205; TIPO: AUTOBUSETA; COLOR: BLANCO MULTICOLOR; AÑO: 2003; USO: SERVICIO PÚBLICO; SERIAL DE CARROCERIA: 8XL6GC11D3E001737; SERIAL DEL MOTOR: 305072.


Josué Manuel Contreras Zambrano
EL Juez
Anamilena Rosales Zambrano
La Secretaria Accidental
JMCZ/mr.-
Exp: 20579
En la misma fecha se libró el oficio para el Depositario bajo el N° ______ y para el Estacionamiento Libertador bajo el N° _______.