REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 09 de Marzo de de 2010
Años 199° y 151°
ACTA DE INHIBICIÓN
ASUNTO Nº SP01-L-2008-001003
PARTE ACTORA: FERNANDO ALBERTO BRICEÑO ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V- 5.034.655.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: DORIS NIÑO DE ABREU, ANA MARÍA ABREU NIÑO Y LINA ANDREA GUZMÁN NIETO, venezolanas, identificadas con las cédulas Nos. V-4.630.278, 15.858.713 y 15.502.520 e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 28.422, 113.071 y 122.820.
PARTE DEMANDADA: CADAFE C.A ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO, Inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del distrito Capital y Estado Miranda, de fecha 17 de Enero de 2007, bajo el N° 57 Tomo 3-A.
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JESÚS ANTONIO BLANCO GARCÍA, MAURIZIO ROGER CIRROTTOLA RUSSO, RAÚL ALBERTO GARCÍA LINARES, identificados con las cédulas de identidad Nos. 14.891.709, 11.734.740 y 15.487.496, respectivamente e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 112.747, 79.375 y 134.879, en su orden.
MOTIVO: COBRO DE INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL.
En el día hábil de hoy, nueve (09) de Marzo de 2010, el Abogado JOSÉ LEONARDO CARMONA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° 15.501.409, en su carácter de Juez a cargo del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio para el nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en sesión de fecha 03 de Julio de 2007, tomando posesión del cargo, en fecha 12 de Marzo de 2008, según consta en Libro de Actas y Juramentos llevado por la Rectoría de la Circunscripción Judicial; a los fines de declarar mediante la presente acta: ME INHIBO de conocer de la presente causa signada bajo la nomenclatura SP01-L-2008-0001006, en la que el ciudadano FERNANDO ALBERTO BRICEÑO ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V- 5.034.655, demanda a la Empresa CADAFE C.A ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO, por COBRO DE INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL. Fundamento la presente Inhibición en el que hecho durante el periodo comprendido entre el 09 de Junio de 2003 al 21 de Agosto de 2004, presté mis servicios profesionales como miembro de la Consultoría Jurídica de la Compañía Anónima de Electricidad de Los Andes (CADELA); filial de CADAFE, por tanto considera quien suscribe la presente Acta, no existe en este Juzgador, la imparcialidad necesaria para decidir la presente controversia. Motivo por el cual, considera este Juzgador que se encuentra incurso en la causal de inhibición establecida en el numeral 4 del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por todo lo antes expuesto, solicito muy respetuosamente que la presente INHIBICIÓN sea declarada CON LUGAR con los pronunciamientos de ley. Se ordena la apertura de un cuaderno separado el cual se encabezará con copia certificada de la presente acta.
El Juez,
Abg. José Leonardo Carmona G.
La Secretaria,
JLCG/Has.
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