REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 22 de Marzo de 2010
199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2009-002549
ASUNTO : SP11-P-2009-002549

RESOLUCIÓN

Vista la solicitud formulada por el ciudadano MARCO HELY CIFUENTES HOYOS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de LA República de Colombia, nacido en fecha 26 de Abril de 1.956, de 53 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-22.673.823, soltero, hijo de Marco Heli Cifuentes (f) y Hilda Hoyos (v), de profesión u oficio comerciante, teléfono: 0426-9260680; residenciado en la carrera 11, N° 10-94, en el sector Plaza Vieja, Ureña, Estado Táchira, consignada ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial en fecha 19-02-2010, recibida por el Tribunal en fecha 22-02-2010, mediante el cual requiere ampliación del Régimen de Presentaciones que viene cumpliendo cada quince (15) días, por presentaciones una vez cada treinta (30) días, en virtud de que el mismo se le esta dificultando presentarse cada 15 días ya que trabaja conduciendo un vehículo de servicio publico a nivel nacional. El Tribunal para decidir observa:

Primero.- En fecha 23-02-2007 se libró oficio a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que ese despacho informara al Tribunal sobre el Record de Presentaciones del ciudadano MARCO HELY CIFUENTES HOYOS.

Segundo.- En fecha 26 de Febrero de 2010, se recibió respuesta de Alguacilazgo sobre el record de presentaciones, anexando la correspondiente copia de registro de las mismas.

Este Tribunal, habiendo revisado las presentes actuaciones, considera procedente la ampliación del régimen de presentaciones para el imputado MARCO HELY CIFUENTES HOYOS, en virtud de que el mencionado imputado hasta la presente fecha, ha demostrado el fiel cumplimiento de la medida cautelar que le fue impuesta; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
UNICO.- ACUERDA la ampliación del régimen de presentaciones del imputado MARCO HELY CIFUENTES HOYOS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de LA República de Colombia, nacido en fecha 26 de Abril de 1.956, de 53 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-22.673.823, soltero, hijo de Marco Heli Cifuentes (f) y Hilda Hoyos (v), de profesión u oficio comerciante, teléfono: 0426-9260680; residenciado en la carrera 11, N° 10-94, en el sector Plaza Vieja, Ureña, Estado Táchira, de una vez cada quince (15) días, a una vez cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, ofíciese lo conducente a la Oficina de Alguacilazgo y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público.



ABG. JOSE MAURICIO MUÑOZ MONTILVA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL



EL (LA) SECRETARIO (A)