En el día de hoy, martes dieciséis de marzo de dos mil diez, siendo las 9:00 a. m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio CÁNDIDA ROSA OSTOS GARCÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 15.951, quien actúa con el carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana: MARÍA CARMELINA RUÍZ DE ARDILA, titular de la C.I. N° V-1.530.611; è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Habitación con entrada independiente del inmueble N° 7-45, ubicado en la carrera 22, Barrio José Gregorio Hernández, Parroquia Pedro María Morantes, de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de las medidas de EMBARGO EJECUTIVO y ENTREGA DE INMUEBLE decretadas en el JUICIO que por DESALOJO se sigue contra OSCAR ARMANDO SÁNCHEZ, titular de la C.I. N° 10.154.810, en el expediente Nº 11.768-09 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompañan al Tribunal los funcionarios policiales Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439; Dtgdo. JOSÉ VELAZCO, placa 2285; y Agte. RICHARD HERRERA, placa 3499; éstos dos últimos adscritos a la Brigada de Acciones Especiales (BAE). Se encuentra presente la ciudadana: GLADYS JOSEFINA ALTUVE FERREIRA, titular de la C.I. N° V-12.654.662 quien manifestó ser cónyuge del demandado de autos, la Jueza la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone un plazo de (30) minutos para que se comunique con el demandado de autos o su apoderado judicial, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Articulo 49, Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente. En este estado siendo las 10:20 a. m. se hizo presente el ciudadano: OSCAR ARMANDO SÁNCHEZ, titular de la C.I. N° N° V-10.154.810 en su carácter de demandado la Juez lo notificó del presente acto y lo impone de su obligatoriedad de proceder a retirar de la habitación de todos sus bienes y pertenencias, para lo cual la parte actora suministró personal y transporte para el traslado de dichos bienes muebles a la dirección que indique la parte ejecutada. En este estado el Tribunal deja constancia que el demandado procedió a retirar sus pertenencias de la habitación objeto de la presente ejecución. El Tribunal hace entrega formal de la habitación libre de personas y cosas a la abogada en ejercicio Cándida Rosa Ostos García, ya identificada, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte actora, quien lo recibe conforme. Es Todo. No siendo mas el Tribunal concluye el acto siendo las 11:50 a. m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo enmendado: Vale todo.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.

LA PARTE ACTORA,
ABG. CÁNDIDA ROSA OSTOS GARCÍA

EL FUNCIONARIO POLICIAL,
Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ
Dtgdo. JOSÉ GREGORIO VELAZCO
Agte. JACKSON PACHECO

LA CONYUGE DEL DEMANDADO,
(Se negó a firmar)
GLADYS JOSEFINA ALTUVE FERREIRA

EL DEMANDADO NOTIFICADO,
OSCAR ARMANDO SÁNCHEZ

LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO.