JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veinticinco de marzo de dos mil diez.
199º y 151º
Recibido por distribución, constante todo de treinta y seis (36) folio útil. Y visto el escrito presentado por el ciudadano JOSÉ GERSON YOHANY MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.244.154, asistido en este acto por la abogada en ejercicio SONIA ESPERANZA VIVAS GARNICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.073.362, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 35.384. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente; solicitud en la cual se expone que su madre BERNARDA MÉNDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-2.894.232, fallecido el día 02 de septiembre de 2009, a causa de Abdomen Agudo Infeccioso, Cáncer de Endometrio, Insuficiencia Renal, Sepsis Punto de Partida Pulmonar; tal y como se evidencia del Acta de Defunción N° 922, levantada en fecha 09/09/2009, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, la cual esta anexa al presente escrito, igualmente consignan: Partidas de Nacimiento Nos. 113, 228, 225, 255, 21, 861, 558, 418; Justificativo de Testigos No. 5874, evacuado por ante este Juzgado de Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; donde se evidencia que los ciudadanos CÁNDIDA ROSA MÉNDEZ DE GÁMEZ, ANA EURIDES MÉNDEZ, BLANCA ZIOMARA MÉNDEZ, EDILFREDO MÉNDEZ, NORELYS CAROLINA MÉNDEZ, PEDRO ANTONIO MÉNDEZ, DEISY ELIMAR MÉNDEZ, JOSÉ GERSON YOHANY MÉNDEZ, fallecida BERNARDA MÉNDEZ. Es por lo que este Tribunal ADMITE la presente solicitud y en consecuencia este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a CÁNDIDA ROSA MÉNDEZ DE GÁMEZ, ANA EURIDES MÉNDEZ, BLANCA ZIOMARA MÉNDEZ, EDILFREDO MÉNDEZ, NORELYS CAROLINA MÉNDEZ, PEDRO ANTONIO MÉNDEZ, DEISY ELIMAR MÉNDEZ, JOSÉ GERSON YOHANY MÉNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.667.751, V-9.219.528, V-10.166.828, V-11.490.272, V-15.156.309, V-16.959.714, V-16.959.807, V-9.244.154, respectivamente, en su condición de esposa, hijos de la fallecida BERNARDA MÉNDEZ, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.


De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo TODOS LOS DERECHOS DE TERCEROS. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas a la parte interesada, a los fines legales.
El Juez Temporal,

Abg. Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Abg. Anaminta Peñaloza Espinoza
Exp.- .- en la misma fecha se deja copia para el archivo bajo el No.
Emily.-