REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
EN SU NOMBRE
 
 
 
 
 JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES 
 
            DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
 
 
         199° y 151°
 
 
	Vista el acta de fecha 28/01/2010, levantada por el Juzgado  Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la  Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la cual la parte demandada, ciudadana MARIBEL RAMONA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-4.665.687, asistida del abogado GERMAN PEÑARANDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 104.756, manifiesta su voluntad de CONVENIR  en  el presente juicio, lo cual fue aceptado por el abogado ANTONIO JOSE MARTINEZ CASANOVA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 1014.754, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela  y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
 
 
 
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
 
 
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, al primer día del mes de marzo del año dos mil diez. (01/03/2010). Años: 199° de la Independencia y 151° de la Federación.
 
 
 
Abg. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
 
JUEZ TEMPORAL
 
Abg. MARÍA ESPERANZA VILLAMIZAR DE GALVIS
 
                                               SECRETARIA
 
 
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