REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

San Antonio del Táchira, 23 de Junio de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2007-002444
ASUNTO : SP11-P-2007-002444

RESOLUCIÓN
Vista la solicitud formulada por el imputado ALEXANDER SANGUINO VILLAMIZAR, quien dice ser de nacionalidad venezolano por naturalización, natural de Bucaramanga, República de Colombia, con fecha de nacimiento el 11 de Diciembre Abril de 1.974, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.639.718, hijo de Celita Villamizar (v) y de Agustín Sanguino Hernández (v), de estado civil soltero, profesión obrero, residenciado en la calle 6, casa N° 7-81 de color verde cerca de teneria, Sector la Ceiba, Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira, mediante el cual requiere ampliación del Régimen de Presentaciones que viene cumpliendo ya que tiene mas de tres años presentándose y se le hace difícil por razones de trabajo. El Tribunal para decidir observa:

Primero.- En fecha 20-05-2010 se libró oficio a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que ese despacho informara al Tribunal sobre el Record de Presentaciones del ciudadano ALEXANDER SANGUINO VILLAMIZAR.
Segundo.- En fecha 28 de Mayo de 2010, se recibió respuesta de Alguacilazgo sobre el record de presentaciones, anexando la correspondiente copia de registro de las mismas.

Este Tribunal, habiendo revisado las presentes actuaciones, considera procedente la ampliación del régimen de presentaciones para el imputado ALEXANDER SANGUINO VILLAMIZAR, en virtud de que el mencionado imputado hasta la presente fecha, ha demostrado el fiel cumplimiento de la medida cautelar que le fue impuesta; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
UNICO.- ACUERDA la ampliación del régimen de presentaciones del imputado ALEXANDER SANGUINO VILLAMIZAR, quien dice ser de nacionalidad venezolano por naturalización, natural de Bucaramanga, República de Colombia, con fecha de nacimiento el 11 de Diciembre Abril de 1.974, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.639.718, hijo de Celita Villamizar (v) y de Agustín Sanguino Hernández (v), de estado civil soltero, profesión obrero, residenciado en la calle 6, casa N° 7-81 de color verde cerca de teneria, Sector la Ceiba, Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira, de una vez cada treinta (30) días, a una vez cada cuarenta y cinco (45) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.

Notifíquese a las partes, ofíciese lo conducente a la Oficina de Alguacilazgo y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público.



ABG. JOSÉ MAURICIO MUÑOZ MONTILVA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL


EL (LA) SECRETARIO (A)