REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

 NIEGA: DESTACAMENTO DE TRABAJO
 PENADO: ZAMBRANO DIXON ALEXIS
 CAUSA: N° 3E-3731


Vista la solicitud de Destino a DESTACAMENTO DE TRABAJO del penado: ZAMBRANO DIXON ALEXIS, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 67 y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, este Tribunal pasa a resolver bajo las siguientes consideraciones:


PRIMERO: Corre inserta decisión en la cual condeno al imputado ZAMBRANO DIXON ALEXIS, a la pena de 10 AÑOS 15 DIAS DE PRISION.

SEGUNDO Corre inserto INFORME TÉCNICO 733 en el que se emite pronóstico es DESFAVORABLE.

DIAGNOSTICO: Se ejecuta el hecho delictual debido gratificación económica de fácil acceso, unión a pares trasgresores y desestimación de consecuencias futuras

PRONOSTICO: El equipo técnico considera que el penado ZAMBRANO DIXON ALEXIS, no reúne los requisitos para el disfrute la medida solicitada.

CONCLUSIÓN: Se considera NO apto para la medida solicitada.”

Al respecto, este Tribunal observa:

Ahora bien, analizado el Informe Evaluativo que contiene PRONÓSTICO DESFAVORABLE sobre el comportamiento futuro del penado ZAMBRANO DIXON ALEXIS
y analizado el contenido de dicho informe en todos y cada uno de los aspectos que comprende: la Evolución del Caso y Conclusión, considera este Juzgador, que lo procedente negarle el Destino a Establecimiento Abierto, ya que el mismo no cumple con los requisitos requeridos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.

Se encuentra agregado al expediente informe de clasificación en el cual la junta considera que el penado ZAMBRANO DIXON ALEXIS, requiere uma MINIMA SEGURIDAD.

En consecuencia, considera este Tribunal improcedente el otorgamiento a DESTINO A DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado ZAMBRANO DIXON ALEXISen virtud de que no se encuentran satisfechos los requisitos exigidos por la ley para su otorgamiento, ya que el informe emitido por la Unidad Técnica y el emitido por la Junta de Clasificación del CPO son incongruentes., y estos son requisitos que deben ser concurrentes5656

Por los fundamentos expuestos, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD NÚMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: NIEGA EL DESTINO A DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado ZAMBRANO DIXON ALEXIS, plenamente identificado em autos, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente Estado Táchira por no cumplir con los requisitos previstos en el artículo 493 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, trasládese al penado, notifíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal




ABG. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
JUEZ TERCERO DE EJECUCION






Abg. JOSE ERNESTO VERA PAZ
EL SECRETARIO
Exp. E3-3731