REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Visto el oficio N° 20-F10-1007-10 de fecha 02-06-10, suscrito por la Fiscal Décimo del Ministerio Público Abogada NERZA LABRADOR DE SANDOVAL, mediante el que solicita a este Tribunal se autorice la destrucción de la droga incautada en la investigación N° 20-F10-0118-10, Causa Penal N° 7C-10742-10, seguida en contra del ciudadano: JOHANDER ADOLFO HERNANDEZ VIVAS, consistente en la cantidad de: ONCE (11) GRAMOS CON NOVECIENTOS (900) MILIGRAMOS MARIHUANA, según Experticia Botánica N° 9700-134-LCT-2476, de fecha 28-05-10; ESTE TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, AUTORIZA: La DESTRUCCIÓN de la cantidad de: ONCE (11) GRAMOS CON NOVECIENTOS (900) MILIGRAMOS MARIHUANA, según Experticia Botánica N° 9700-134-LCT-2476, lo cual se hace de conformidad con lo señalado en el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Así se decide.-
Abg. CIRO HERACLIO CHACÓN LABRADOR
Juez Séptimo de Control
Abg. MARBI CACERES PAZ
Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
Causa Penal Nº 7C-10742-10
CHCL/mav