REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, miércoles treinta de junio de dos mil diez, siendo la 9:30 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TÓRBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio JOSÉ LUÍS ROSAS MONCADA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.480, quien actúa con el carácter acreditado en auto; è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Calle 5, casa S/N, Palmira, Municipio Guásimos, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada sobre bienes propiedad de la parte demandada, ciudadano: ALBERTO VELANDIA OSTOS, en el JUICIO que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES se sigue en el expediente Nº 5.737-2010 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Por cuanto no es posible ubicar bienes propiedad de la parte demandada en este inmueble, solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas se suspenda la presente ejecución en el día de hoy, y acuerde fijar nueva oportunidad a fin de llevar a efecto la presente ejecución, es todo”. El Tribunal visto el pedimento hecho por la parte actora acuerda SUSPENDER la presente ejecución, y fija nueva oportunidad para el traslado de este Tribunal el día 30 de junio de 2.010, a las 2:00 de la tarde, se habilita todo el tiempo que sea necesario. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 10:30 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE ACTORA,


ABG. JOSÉ LUÍS ROSAS MONCADA
EL FUNCIONARIO POLICIAL,


CABO 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. MAYCELYTH DESIREÉ ECHEZURÍA RODRÍGUEZ