JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintidós (22) de junio de dos mil diez.
AÑOS: 200° y 151°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de DOS (02) folios útiles y TREINTA Y OCHO (38) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por la ciudadana MARÍA ANTONIETA D’ARMAS DE ROMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.553.377, asistida por la abogada CARMEN JULIA ZERPA PINILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.007.965, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.61.842; en el cual expone: que el día 02 de junio de 2.009, falleció el ciudadano ÁNGEL EDECIO ROMAN, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-188.369, quien tuvo su domicilio, en la Unidad Vecinal, lote 4, No.6, de esta jurisdicción; que falleció en el Hospital del Seguro Social, Parroquia San Juan Bautista de esta Jurisdicción, a causa de “…FALLA MULTISISTEMICA, C.A. GÁSTRICO…”, según certificado No. 451, suscrito por el Doctor ALIRIO GUZMÁN, No. del M.S.D.S. 1463, tal y como se desprende de Acta de Defunción No.388, del año 2.009, levantada el 08 de junio de 2.008, por ante el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; Conjuntamente anexó como fundamento a su solicitud:
Copia certificada de Acta de Defunción No.388, del año 2.009, perteneciente a ÁNGEL EDECIO ROMAN, expedida el 09 de junio de 2.010, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Acta de Matrimonio No.143, del año 1.959, perteneciente a los ciudadanos ÁNGEL EDECIO ROMAN y MARÍA ANTONIETA D´ARMAS CONTRERAS, expedida el 12 de enero de 1.993, por la Prefectura del Municipio Cárdenas del estado Táchira.
Copia certificada de Acta de Defunción No.728, del año 1.979, perteneciente a ÁNGEL ORLANDO ROMAN CARDENAS, expedida el 08 de abril de 2.010, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No.1891, del año 1.956, perteneciente a VICTOR EDECIO, expedida el 10 de septiembre de 1.970, por la Jefatura Civil de San Juan, Departamento Libertador del Distrito Federal.
Copias certificadas de Partidas de Nacimiento No.1159, del año 1.957, perteneciente a JOSE HUMBERTO; No.707 del año 1.959, perteneciente a FLOR ÁNGEL; No. 65 del año 1.964, perteneciente a OSCAR JAVIER; todas expedidas el 09 de junio de 2.009, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No.2614, del año 1.960, perteneciente a BELKYS TAMARA, expedida el 06 de mayo de 2.010, por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No.304, del año 1.962, perteneciente a MIRNA NEREYDA, expedida el 13 de agosto de 1.999, por la Prefectura del Municipio Cárdenas del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No.39, del año 1.965, perteneciente a OMAR ARCANGEL, expedida el 3 de julio de 2.009, por el Registro Principal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No.3358, del año 1.965, perteneciente a ÁNGEL EDECIO, expedida el 15 de junio de 2.009, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No.30, del año 1.967, perteneciente a NENA FELICINDA, expedida el 11 de septiembre de 1.985, por la Prefectura del Municipio Táriba, Distrito Cárdenas del estado Táchira.
Copias certificadas de Partidas de Nacimiento No.1162, del año 1.967, perteneciente a ULISES; y No.95 del año 1.972, perteneciente a LUIS ENRIQUE; ambas expedidas el 09 de junio de 2.009, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No.1206, del año 1.969, perteneciente a ERIC JOSE, expedida el 20 de noviembre de 1.989, por la Prefectura del Municipio Táriba, Distrito Cárdenas del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No.484, del año 1.955, perteneciente a ÁNGEL ORLANDO, expedida el 04 de julio de 1.969, por la Jefatura Civil de San Juan, Departamento Libertador del Distrito Federal.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nos. V-188.369, V-1.553.377, V-5.686.517, V-4.001.852, V-11.494.923, V-5.029.635, V-5.639.348 y V-5.020.075, V-5-639.350, V-5.657.656, V-5.686.518, V-9.229.798, V-9.229.799, V-10.167.469, V-9.229.800; pertenecientes a los ciudadanos ÁNGEL EDECIO ROMAN, MARÍA ANTONIETA D’ARMAS DE ROMAN, OMAR ARCANGEL ROMAN D’ARMAS, ÁNGEL ORLANDO ROMAN CARDENAS, LUIS ENRIQUE ROMAN D’ARMAS, FLOR ÁNGEL ROMAN DE PEÑA, JOSE HUMBERTO ROMAN CARDENAS, VICTOR EDECIO ROMAN CARDENAS, BELKYS TAMARA ROMAN DE ANDRADE, MIRNA NEREYDA ROMAN DE ARMAS, OSCAR JAVIER ROMAN D’ARMAS, ÁNGEL EDECIO ROMAN D’ARMAS, ULISES ROMAN D’ARMAS, ERIC JOSE ROMAN D’ARMAS y NENA FELICINDA ROMAN D’ARMAS, en su orden.-
Justificativo de testigos No.7280, evacuado el 14 de mayo de 2.010, por ante este mismo Juzgado, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: GLORIA LORENA MARTINEZ BLANCO Y LILIANA DEL VALLE SÁNCHEZ BORJAS, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad No. V-9.240.543 y V-11.497.593, en su orden
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: MARÍA ANTONIETA D’ARMAS DE ROMAN, OMAR ARCANGEL ROMAN D’ARMAS, ÁNGEL ORLANDO ROMAN CARDENAS (pre-muerto), LUIS ENRIQUE ROMAN D’ARMAS, FLOR ÁNGEL ROMAN DE PEÑA, JOSE HUMBERTO ROMAN CARDENAS, VICTOR EDECIO ROMAN CARDENAS, BELKYS TAMARA ROMAN DE ANDRADE, MIRNA NEREYDA ROMAN DE ARMAS, OSCAR JAVIER ROMAN D’ARMAS, ÁNGEL EDECIO ROMAN D’ARMAS, ULISES ROMAN D’ARMAS, ERIC JOSE ROMAN D’ARMAS y NENA FELICINDA ROMAN D’ARMAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad, V-1.553.377, V-5.686.517, V-4.001.852, V-11.494.923, V-5.029.635, V-5.639.348 y V-5.020.075, V-5-639.350, V-5.657.656, V-5.686.518, V-9.229.798, V-9.229.799, V-10.167.469, V-9.229.800, en su orden, en su condición de cónyuge la primera e hijos los trece (13) siguientes del causante ÁNGEL EDECIO ROMAN, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.



Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 1703, siendo las once de la mañana (11:00 a,m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL Secretario
Deisy F.
Solicitud N° 7303-10.