JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, catorce (14) de junio de dos mil diez.
AÑOS: 200° y 151°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de DOS (02) folios útiles y CUARENTA (40) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por los ciudadanos BERTA MARÍA GUEVARA DE VERA, CEFERINO VERA GUEVARA, CARMEN BEATRIZ VERA GUEVARA Y CLAUDIMAR VERA GUEVARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-5.388.327, V-17.206.420, V-19.134.077, V-21.221.399, asistidos por la abogada FANY GOMEZ GELVEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.22.956; en el cual expone: que el día 05 de septiembre de 1.996, falleció el ciudadano CEFERINO VERA QUINTERO, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.526.640, quien estuvo domiciliado, según se desprende de Formulario para Autoliquidación de Impuesto Sobre Sucesiones, expediente No.2044, expedido el 12 de noviembre de 1.998; perteneciente a VERA QUINTERO CEFERINO; por la Gerencia Regional de Tributos Internos, Región Los Andes, S.E.N.I.A.T., en el Barrio Libertador, parte alta, calle 5, San Cristóbal, estado Táchira; que falleció en el Cuerpo de Bomberos, de la Avenida 19 de Abril de esta Jurisdicción, a causa de “…SHOCK CARDIOGENICO, INFARTO AGUDO AL MIOCARDIO…”, según certificado de la Doctora ANA C. RINCÓN BRACHO, tal y como se desprende de Acta de Defunción No.125, levantada el 05 de septiembre de 1.996, por ante la Prefectura de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; Conjuntamente anexó como fundamento a su solicitud:
Copia certificada de Acta de Defunción No.125, del año 1.996, perteneciente a CEFERINO VERA QUINTERO, expedida el 24 de octubre de 2.007, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Acta de Matrimonio No.123 del año 1.983, perteneciente a los ciudadanos CEFERINO VERA QUINTERO Y BERTA MARÍA GUEVARA, expedida el 19 de julio de 2.007, por el Registro Civil del Municipio San Diego del estado Carabobo.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No. 16, del año 1.985, perteneciente a CEFERINO, expedida el 30 de junio de 2.003, por la Prefectura de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No.3160, del año 1.988, perteneciente a CARMEN BEATRIZ, expedida el 24 de octubre de 2.007, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No.4093, del año 1.990, perteneciente a CLAUDIMAR, expedida el 24 de octubre de 2.007, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificado de Partida de Nacimiento No.562, del año 1.973, perteneciente a DORIS ZULAY, expedida el 24 de octubre de 2.007, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No.281, del año 1.966, perteneciente a IRMA DEL VALLE, expedida el 08 de octubre de 2.007, por la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No.405, del año 1.964, perteneciente a DULCE ALIDA, expedida el 16 de octubre de 2.007, por el Registro Civil del Municipio Cárdenas del estado Táchira.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nos. V-17.206.420, V-19.134.077, V-21.221.399, V-11.497.620, V-10.154.639, V-5.675.540, V-5.388.327 y V-1.526.640; pertenecientes a los ciudadanos CEFERINO VERA GUEVARA, CARMEN BEATRIZ VERA GUEVARA, CLAUDIMAR VERA GUEVARA, DORIS ZULAY VERA CARRERO, IRMA DEL VALLE VERA CARRERO, DULCE ALIDA VERA CARRERO, BERTA MARÍA GUEVARA DE VERA Y CEFERINO VERA QUINTERO, en su orden.-
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No.88, del año 1.952, perteneciente a BERTA MARIA, expedida el 06 de julio de 2.007, por el Registro Civil de la Parroquia Carabobo, municipio Bejuma del estado Carabobo.
Justificativo de testigos, evacuado el 08 de junio de 2.010, por ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio San Cristóbal del estado Táchira Circunscripción Judicial, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: ZAIDA HERNANDEZ HERNANDEZ Y ANA LUISA ORTIZ DE MORENO, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad No. V-5.646.300 y V-16.408.617, en su orden
Formulario para Autoliquidación de Impuesto Sobre Sucesiones, expediente No.2044, expedido el 12 de noviembre de 1.998; perteneciente a VERA QUINTERO CEFERINO; por la Gerencia Regional de Tributos Internos, Región Los Andes, S.E.N.I.A.T.
Documento de compra-venta de Lote de Terreno de Juan de Jesús Figueroa a CEFERINO VERA QUINTERO, emanado por la Oficina Subalterna de Registro público del Distrito San Cristóbal, estado Táchira.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: BERTA MARÍA GUEVARA DE VERA, CEFERINO VERA GUEVARA, CARMEN BEATRIZ VERA GUEVARA, CLAUDIMAR VERA GUEVARA, DORIS ZULAY VERA CARRERO, IRMA DEL VALLE VERA CARRERO y DULCE ALIDA VERA CARRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V-5.388.327, V-17.206.420, V-19.134.077, V-21.221.399, V-11.497.620, V-10.154.639 y V-5.675.540; en su orden, en su condición hijos de cónyuge la primera e hijos los seis (06) siguientes del causante CEFERINO VERA QUINTERO, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.
Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 1684, siendo las tres y diez de la tarde (03:10 p,m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL Secretario
Deisy F.
Solicitud N° 7297-10.
|