Gado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, tres de Junio de dos mil diez.
200° y 151°
Vista la Transacción celebrada por los ciudadanos ARIEL GUILLERMO BECERRA CORDERO, titular de la cédula de identidad N° V-5.669.133, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.314, actuando con el carácter de apoderado de los ciudadanos ALEXANDER RAMON SALAS MANTILLA y MARY EUGENIA BUSTOS MORENO, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.786.678 y V-13.762.981, parte demandante, por una parte y por la otra, el abogado JOSE GREGORIO SUTHERLAND LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.248.626, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.481, actuando con el carácter de apoderado especial de la empresa mercantil C.A. SEGUROS CATATUMBO, parte demandada, efectuada en diligencia presentada en fecha 29 de Julio de 2008, que corre a los folios 80, 81 82. Y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Así mismo expídase copias fotostáticas certificadas solicitadas, una vez los solicitantes aporten las copias fotostáticas correspondientes.

La Juez Titular

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
La Secretaria

IRALÍ JOCELYN URRIBARRI DÍAZ


Exp. N° 33145


Elena