REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO


ACTA DE INHIBICIÓN


Consta en las actuaciones de la causa signada con la nomenclatura de este Tribunal Segundo en Funciones de Juicio con el número 2JM-0749-03, seguida a BECERRA MOLINA JOSE ANTONIO y DELGADO GUERRERO WISTON, por los delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES y USO INDEBIDO DE UNIFORME MILITAR, que quien suscribe, conoció y resolvió de la misma, en juicio oral y público, seguida al co-acusado DELGADO GUERRERO WISTON, publicándose sentencia definitiva, en fecha 31 de mayo de 2010, y es el caso que contra el co-acusado JOSE ANTONIO BECERRA MOLINA, se le libró orden de captura, en fecha 18 de febrero de 2009. Ahora bien, al considerar que conocí el fondo de toda esta causa, afectaría mi imparcialidad en el juicio a celebrarse en contra de este co-acusado, es por ello que lo ajustado a derecho es inhibirme tal como lo dispone el artículo 86 numeral 7°, en concordancia con el artículo 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

De conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se acuerda remitir la presente causa a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, para que procedan a su distribución en otro Tribunal de esta misma competencia y copia certificada de todo lo relacionado con la inhibición propuesta a la Corte de Apelaciones. Líbrense los oficios correspondientes.






ABG. BELKIS ALVAREZ ARAUJO
JUEZ SEGUNDO DE JUICIO