JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, ocho de julio de dos mil diez.
200º y 151º

De las actas procesales que integran la presente causa signada con el N° 6744 intentada por la abogada EMMA CORINA BUSTOS ARDILA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 103.246, quien actúa por sus propios derechos, contra DISTRIBUIDORA DON PANCHO DE LOS ANDES, C.A., representada por JOSE ENRIQUE RAMIREZ OVALLESE, titular de la cédula de identidad N° V-3.623.850, por Intimación e Estimación de Honorarios; y vista transacción suscrita ante el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y otros de esta Circunscripción Judicial, por las partes en el presente juicio, en fecha 16 de junio de 2010, por lo que solicitan su homologación (fs. 16 al 17 del cuaderno de medidas).
La transacción es un contrato por el cual las partes mediante recíprocas concesiones terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual. El artículo 256 del Código de Procedimiento Civil expresa que:
“Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución”.
Ahora bien, por cuanto la anterior transacción no es contraria a Derecho ni esta expresamente prohibida, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, a la transacción efectuada por la parte demandada DISTRIBUIDORA DON PANCHO DE LOS ANDES, C.A., representada por RAMIREZ OVALLES JOSE ENRIQUE, asistidos por los abogados Mayela Morales y Carlos Ostos Chacón, y por la demandante abogada EMMA BUSTOS ARDILA, otorgándole su aprobación, en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
Acuerda expedir dos (2) juegos de copias fotostáticas certificadas de la transacción suscrita y de la presente decisión.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza

En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° ______
Marilú