JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veinte (20) de julio de dos mil diez.
AÑOS: 200° y 151°
Vista la TRANSACCIÓN celebrada en fecha 15 del presente mes y año, corriente a los folios 77 y 78 del expediente No.12.280-10; entre el abogado VICTOR EDUARDO MALDONADO CASTELLANOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.89.899, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ALIX YANETH MESA DE BOHORQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-23.132.220; y la parte demandada SEGUROS AVILA C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Primera Circunscripción Judicial del Distrito Federal, que llevaba el Juzgado de Comercio del Distrito Federal, en fecha 15-01-1.931, bajo el No. 33, Tomo 13-A, inscrito en la SUDESEG bajo el No.1, a través de la Gerente Sucursal San Cristóbal, Estado Táchira, ciudadana FANNY BENITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.5.686,233, asistida por el abogado WOLFRED B. MONTILLA B, titular de la cédula de identidad No.5.637.562, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 28.357; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, acordando proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal y archívese el expediente, una vez conste en autos el cumplimiento de la misma.
Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank A. Villamizar
Secretario
En la misma fecha se dictó la anterior decisión a las dos de la tarde (02:00 p.m.) quedando registrada bajo el No.1762; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.-
El Secretario
Exp.12.280-10
deisyF.
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