JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, trece (13) de julio de dos mil diez.
AÑOS: 200° y 151°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, constante de UN (01) folio útil y DIEZCISIETE (17) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por la ciudadana MARTHA YORLEY SÁNCHEZ MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.707.242, asistida por la abogada XENIA MARINA MORALES DE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.997.532, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.28.492; en el cual expone: que el día 18 de octubre de 2.008, falleció el ciudadano EULOGIO DE JESUS SÁNCHEZ ZAMBRANO, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-4.091.778, quien tuvo su domicilio, en el Palmar Nuevo, sector 2, calle 5, No.01, de esta Jurisdicción, a causa de “…INSUFICIENCIA RESPIRATORIA AGUDA, CIRROSIS HEPATICA…”, según certificado No. 1384, suscrito por el Doctor JOSE BONILLA, No. M.S.D.S. 30172, tal y como se desprende del Acta de Defunción No.1002, levantada el 21 de octubre de 2.008, por ante el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira y de lo que consta en Justificativo de testigos No.4770-2010, evacuado el 09 de febrero de 2.010, por ante el Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de esta Circunscripción Judicial; de donde a su vez se desprenden los anexos siguientes:
Copia mecanografiada de Acta de Defunción No.1002, del año 2.008, perteneciente a EULOGIO DE JESUS SÁNCHEZ ZAMBRANO, expedida el 15 de abril de 2.009, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira. . Copias certificada de Partida de Nacimiento: No.502 del año 1.981, perteneciente a MARTHA YORLEY, expedida el 20 de febrero de 2.009, por el Registro Civil Principal del estado Táchira.
Justificativo de testigos evacuado No, 4770-2010, evacuado el 09 de febrero de 2.010, por ante el Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: LUIS ENRIQUE CUY JAIMES Y PASTORA DE LAS NIEVES ALVIAREZ DE MORA, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad No. V-12.971.157 y V-11.501.904, en su orden
Copias simples de Cédulas de Identidad Nos. V-14.707.242 y V-4.091.778; pertenecientes a los ciudadanos MARTHA YORLEY SÁNCHEZ MORA Y EULOGIO DE JESUS SÁNCHEZ ZAMBRANO, en su orden.-
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: MARTHA YORLEY SÁNCHEZ MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, V-14.707.242; en su condición de hija del causante EULOGIO DE JESUS SÁNCHEZ ZAMBRANO, el carácter de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.



Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 1738, siendo las nueve de la mañana (09:00 a,m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL Secretario
Deisy F.
Solicitud N° 7312-10.