REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 03 de Febrero de 2010
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2010-000001
ASUNTO : SP11-P-2010-000001

AUTO PRORROGA PARA ACTO CONCLUSIVO

Vista la solicitud de prorroga hecha por el Abg. JUAN ALEXIS SÁNCHEZ, en representación del la Fiscalía Vigésima Sexta del Ministerio Público, en razón de lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece que el Ministerio Publico en caso de requerir un lapso adicional al de treinta días para presentar el acto conclusivo solicitara de manera fundada una prorroga, la cual será resuelta por el Juez dentro de los tres días siguientes. En razón de ello la Vigésima Sexta del Ministerio Público, ha solicitado el lapso de quince días, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 del Código Orgánico Procesal Penal, con ocasión a la causa penal llevada en contra del ciudadano OSCAR ANTONIO BUITRAGO JIMENEZ, de nacionalidad colombiana, nacido en fecha 21 de febrero de 1.967, de 42 años de edad, hijo de Ligia Esther Jiménez (v) y Oscar Antonio Buitrago (v), soltero, de profesión u oficio maestro de construcción, residenciado en frente a la universidad bolivariana de Rubio, la sur, en la obra de construcción, Estado Táchira, teléfono 0416-1761375, en la presunta comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 45 de la Ley Sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de (se omite su identidad por razones de ley).

En tal sentido se revisa el petitorio hecho por el Ministerio Publico en el cual solicita un lapso de quince días en razón de que faltan diligencias de investigación para esclarecer los hechos, de la Subdelegación de Rubio del Cuerpo de Investigaciones, Científicas Penales y Criminalísticas, así mismo verificado que dicha solicitud fue realizada ante el Tribunal dentro del lapso de cinco días antes del vencimiento de treinta días para presentar el acto conclusivo, en tal sentido a los fines de culminar con la fase preparatoria, este Tribunal acuerda el lapso de quince (15) días continuos, contados a partir del día de 03-02-2010, de conformidad con lo establecido en el cuarto y quinto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; y así se decide.

DISPOSITIVA

ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
UNICO: ADMITE LA SOLICITUD DE PRORROGA para presentar el acto conclusivo contra el imputado OSCAR ANTONIO BUITRAGO JIMENEZ, de nacionalidad colombiana, nacido en fecha 21 de febrero de 1.967, de 42 años de edad, hijo de Ligia Esther Jiménez (v) y Oscar Antonio Buitrago (v), soltero, de profesión u oficio maestro de construcción, residenciado en frente a la universidad bolivariana de Rubio, la sur, en la obra de construcción, Estado Táchira, teléfono 0416-1761375, en la Causa seguida por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 45 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de (se omite), por el lapso de QUINCE (15) DÍAS CONTINUOS, contados a partir del día 03-02-2010, con vencimiento para el día 17-02-2010.

Es todo terminó, se leyó y conformes firman, notifíquese las partes de la presente resolución.


NEIL RAMON TORREALBA MONTES
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL


ABOG. MARYFE JURADO
SECRETARIA