REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Visto el oficio N° 20-F10-0095-10 de fecha 25-01-10, suscrito por la Fiscal Décimo del Ministerio Público Abogada KATY MARICEL GALVIS FLORES, mediante el que solicita a este Tribunal se autorice la destrucción de la droga incautada en la investigación N° 20-F10-0003-10, Causa Penal N° 7C-10343-10, seguida en contra de los ciudadanos: JOSÉ ALFREDO RAMOS MONCADA y LUIS ALBERTO MONCADA CASTELLANO, consistente en la cantidad de: MUESTRA “A” TREINTA Y SEIS (36) GRAMOS CON SEISCIENTOS TREINTA (630) MILIGRAMOS DE MARIHUANA MUESTRA “B” CUARENTA Y CINCO (45) GRAMOS CON SEISCIENTOS (600) MILIGRAMOS DE MARIHUANA, según Experticia Botánica N° 9700-134-LCT-0180, de fecha 05-01-10; ESTE TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, AUTORIZA: La DESTRUCCIÓN de la cantidad de: CIENTO UN (101) GRAMOS CON CUATROCIENTOS (400) MILIGRAMOS DE MARIHUANA, según Experticia Botánica N° 9700-134-LCT-6443, lo cual se hace de conformidad con lo señalado en el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Así se decide.-





Abg. CIRO HERACLIO CHACÓN LABRADOR
Juez Séptimo de Control




Abg. HENRY ROSALES
Secretario



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-

Causa Penal Nº 7C-10343-10
CHCL/mav