REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 2109-04
ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION.
DEMANDANTE: NEIRA TIBISAY CAICEDO PANTALEON.
DEMANDADO: WILMER SANCHEZ ACEVEDO.
En el día de hoy, Jueves (25) de febrero de 2010, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de manera voluntaria, los ciudadanos NEIRA TIBISAY CAICEDO PANTALEON, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.821.227 y el Ciudadano: WILMER SANCHEZ ACEVEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.110.753, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por Obligación de Manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Ciudadana: NEIRA TIBISAY CAICEDO PANTALEON, quien manifestó: “que le solicita al padre de su hijo que en vista que ya el niño tiene 10 años y que sus necesidades tanto escolares como de alimentación y crianza han aumentado solicita le sea incrementada la cuota de obligación de manutención que desde hace 4 años está fijada en OCHENTA BOLÍVARES Bs. 80,oo, y que las cuotas extraordinarias de época escolar y diciembre sean incrementadas, así como también reconoce que está recibiendo por parte de Politáchira el beneficio de los tickets escolares y tickets de juguetes. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra al ciudadano WILMER SANCHEZ ACEVEDO, quien manifestó estar de acuerdo con lo solicitado por la madre de su hijo por lo que ofreció un incremento de CIENTO VEINTE BOLÍVARES mensuales y con respecto a las bonificaciones especiales ofreció un incremento de CUATROCIENTOS BOLÍVARES 400,oo; los cuales seguirán siendo descontados de la nómina y depositados por el organismo competente a la cuenta respectiva a nombre de la ciudadana NEIRA TIBISAY CAICEDO PANTALEON”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana NEIRA TIBISAY CAICEDO PANTALEON, quien manifestó: “Que está de acuerdo con lo expuesto por el ciudadano WILMER SANCHEZ ACEVEDO”. De igual forma, se deja constancia que la mensualidad quedará fijada a partir del 1 de Marzo por Bs. 300,oo mensuales y 500,oo las bonificaciones especiales correspondientes a los meses de agosto y noviembre. Es todo. En este estado el Tribunal les hace saber a las partes que los gastos médicos deben ser cubiertos en un 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del primero (01) de Marzo de 2010. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO
ABOG. ANA RAMONA ACUÑA
NEIRA TIBISAY CAICEDO PANTALEON
WILMER SANCHEZ ACEVEDO
LA SECRETARIA ACC.
ABOG. LISBETH PINEDA