REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 28 de Febrero de 2010.

199º y 150°

Por cuanto el Tribunal observa que el Primer Acto Conciliatorio en la presente causa debió realizarse el día siete (07) de Abril de 2008, como se indico en el auto de admisión de fecha Cuatro (04) de Diciembre de 2007 (F. 13) y en virtud de que no comparecieron personalmente las partes, este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil Declara EXTINGUIDO EL PROCESO. En tal sentido Da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-


Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez

Jocelynn Granados Serrano.
La Secretaria

JMCZ/y.r.-
Exp: 19489.