PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA
199º y 150º
EXPEDIENTE Nº SPO1-L-2009-000374.
PARTE ACTORA: RAMON YSAIAS MORA RAMIREZ y GERSON REINEL ESCALANTE CARRERO, titulares de la Cédulas de Identidad Nros: V-16.280.843 y 16.540.963.
APODERADO DEL ACTOR: ADRIANA RODRIGUEZ M. y Nelly Castañeda, bajo el IPSA Nros: 97.951 y 97.697.
PARTE DEMANDADA: ASOCIACIÓN CIVIL LINEA DE PALMIRA.
APODERADO DEL DEMANDADO: MARIELA PASCUA G. y JHONNY DUQUE, bajo el IPSA Nros: 98.607 y 28.352.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día de hoy, jueves 14 de Enero de 2010, siendo las tres de la tarde (03:00pm), fecha y hora fijada por este Tribunal, y presente las partes en este proceso, se da inicio a la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron ambos trabajadores y los abogados de las partes anteriormente mencionados: la ciudadana Juez de este Despacho, una vez iniciada la Audiencia de conformidad con lo establecido en el articulo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejo constancia de la comparecencia de las mismas, se les concedió un tiempo prudencial para que expusieran sus argumentos, en este estado se le concedió el derecho de palabra a la parte demandada y concedido como le fué expuso: propongo a las partes actoras que reciban la cantidad de TREINTA MIL QUINIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs.30.500,00), lo cuales les serán cancelados a RAMON MORA : Bs.10.500,00 de los cuales recibió en fecha anterior un anticipo de Bs.2.500,00; por ende recibirá un pago total de Bs.8.000,00 y para GERSON ESCALANTE se le cancelará la cantidad de Bs.20.000,00 de los cuales también recibió como anticipo Bs.6.000,00, restándole un monto de Bs.14.000,00 y dicho restante se les pagaría de la manera siguiente: un primer pago para el día 19-01-2010, para el 1er trabajador .por Bs.3.000,00 y para el 2do. Por Bs.5.000,00; un segundo pago en fecha 19-02-2010 para cada trabajador en iguales condiciones del primer pago , y último pago para el 15-03-2010, por la cantidad de Bs.2.000,00 para RAMON MORA y para GERSON ESCALANTE por Bs.4.000,00.En ese momento se instó a las partes demandantes a considerar la cantidad ofertada para darle fin al proceso y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho le corresponde al pago por sus prestaciones sociales. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira; manifiestan que aceptan la propuesta realizada por la parte demandada, señalan estar conformes con dicho monto del cual no restaría nada a deber por dichos conceptos reclamados en ésta demanda; por ende este Tribunal visto el acuerdo lo HOMOLOGA, se le otorga el carácter de cosa juzgada, dándose por concluido el presente proceso de conformidad con lo establecido por el artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en éste acto se hace entrega de las pruebas, se ordena expedir tres (03) copias certificadas de la presente acta. No se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste su último pago en efectivo ante éste tribunal. Es todo, termino se leyó y conformes firman:




Dra. YALENA MORA
LA JUEZ.

PARTE ACTORA.



APODERADA DEL ACTOR.


LA PARTE DEMANDADA.








LA SECRETARIA.

Exp-SP01-L-2009-374.