REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Visto el escrito presentado por el ciudadano REINALDO RANGEL RAMIREZ, mediante el cual solicita la entrega de un vehiculo de su propiedad con las siguientes características: MARCA MAZDA, MODELO B2200, MODELO AÑO 1999. COLOR GRIS, PLACAS 23LEAB y los documentos de propiedad del mismo.

CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL


Se encuentra agregada decisión del Tribunal Séptimo de Control en la cual se observa que no se decreto el comiso del vehiculo solicitado, al folio 217 se encuentra inserto documento de compra venta en la cual se demuestra la propiedad que tiene el solicitante REINALDO RANGEL RAMIREZ sobre el vehiculo

Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: Ordena la entrega del vehiculo MARCA MAZDA, MODELO B2200, MODELO AÑO 1999. COLOR GRIS, PLACAS 23LEAB, al ciudadano REINALDO RANGEL RAMIREZ, Así como de los documentos de propiedad de dicho vehiculo dejando en su lugar copia simple de los mismos.

Cópiese, notifíquese y cúmplase.




Abg. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN.









Abg. YOMAIRA MAVEL RAMIREZ VERA
SECRETERIA
Exp: 3E-3953