ACTA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO
CAUSA 5JU-1584-09
JUEZ PRESIDENTE:
ABG. NELIDA IRIS CORREDOR
ACUSADO:
JOSE ERNESTO PORRAS MOGOLLON
FREDDY ALEXANDER CUEVAS GUERRERO
YORWIN JOSE RODRIGUEZ TORRES
FABIAN DE JESUS QUICENO ARIAS
DEFENSOR (A):
ABG. JOSE ANGEL GALINDO PERICO
ABG. CESAR OMERO SIERRA
FISCALÍA DECIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO:
ABG. KATTY GALVIZ
SECRETARIA DE SALA:
ABG. MARIA TERESA RAMPALY RANGEL
Hoy en la Ciudad de San Cristóbal, Capital del Estado Táchira, a los 14 días del mes de Enero de 2010, se inicia la presente Audiencia siendo las 10:55 horas de la mañana, en la Sala de Juicio Número Cinco del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, para la realización del juicio oral y público, en la causa Penal Nº 5JU-1584-09, incoada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público, en contra de los imputados: JOSE ERNESTO PORRAS MOGOLLON, FREDDY ALEXANDER CUEVAS GUERRERO, YORWIN JOSE RODRIGUEZ TORRES y FABIAN DE JESUS QUICENO ARIAS; por la presunta comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.
Acto seguido, la Juez se constituyo en la sala y ordenó a la secretaria verificar la presencia de las partes, informando la misma que se encuentran presentes: La Fiscal Décima del Ministerio Público Abogada Katty Galviz, el defensor Abg. Cesar Omero Sierra y José Angel Galindo Perico, y los acusados JOSE ERNESTO PORRAS MOGOLLON, FREDDY ALEXANDER CUEVAS GUERRERO, YORWIN JOSE RODRIGUEZ TORRES y FABIAN DE JESUS QUICENO ARIAS. En este estado el acusado YORWIN JOSE RODRIGUEZ TORRES, solicito el derecho de palabra y expuso: “Ciudadana Juez solicito ante este Tribunal me sea revocado a mi actual defensor y se designe al Abogado JOSE ANGEL GALINDO PERICO como mi defensor, es todo”. Presente el Abogado José Ángel Galindo Perico, expuso: “Acepto el nombramiento que me hace el ciudadano YORWIN JOSE RODRIGUEZ TORRES, y juro cumplir bien y fielmente con las funciones inherentes al mismo, así mismo informo a este Tribunal mi nuevo domicilio procesal Carrera 9 entre calles 4 y 5, N° 4-25, la Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira es todo”.
Cumplida las formalidades de Ley y verificada la presencia de las partes, la Juez declaró abierto el Juicio Oral y Público, e informó al imputado sobre la importancia del mismo, el hecho atribuido y que debe estar atento a todo lo sucedido en el presente acto, informándole igualmente que puede comunicarse con su respectivo defensor salvo cuando esté declarando o siendo interrogado, a las partes las instó a litigar de buena fe y al público presente la compostura que deben guardar durante el desarrollo del Juicio.
Seguidamente, la Juez le concedió el derecho de palabra al ciudadano Fiscal Décimo del Ministerio Público, Abogado KATTY GALVIZ, quien expuso de una forma sucinta y clara el modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos por los cuales fue aprehendidos los acusados, manifestando que los ciudadanos JOSE ERNESTO PORRAS MOGOLLON, FREDDY ALEXANDER CUEVAS GUERRERO, YORWIN JOSE RODRIGUEZ TORRES y FABIAN DE JESUS QUICENO ARIAS; por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano. Solicitando en consecuencia, sea admitida la acusación que presenta en esta audiencia, así como las pruebas ofrecidas en este acto oralmente y contenidas en el escrito de acusación, por ser lícitas, pertinentes y necesarias para ser debatidas en el presente debate y con ellas demostrar tanto la comisión del hecho punible antes señalado y la responsabilidad penal del imputado, profiriendo en la definitiva una sentencia condenatoria, pidiendo se le aplique en consecuencia la pena correspondiente, así como las penas accesorias respectivas.
Acto seguido, se le concede el derecho de palabra al Defensor, Abogado JOSE ANGEL GALINDO PERICO, quien expuso sus alegatos de apertura, manifestando: “Ciudadana Juez, esta defensa haciendo aplicación del debido proceso y el derecho a la defensa solicita no sea admitida la acusación y decrete el sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318 numeral 2 del COPP por cuanto el hecho no es típico, ya que todos estos muchachos son consumidores, aunado al hecho de que ese paquete contenía la droga para el consumo de cada uno, y al dividirse la misma queda una porción permitida, del mismo modo en este tipo de delito debe individulizarce la norma y en este caso se están tomando como culpables a los cuatro, del mismo modo nosotros estamos de acuerdo de que son persona consumidores, solicitamos se aplique las medidas de seguridad aplicables al caso es todo”.
Acto seguido, se le concede el derecho de palabra al Defensor, Abogado CESAR OMERO SIERRA, quien expuso sus alegatos de apertura, manifestando: “Ciudadana Juez, me adhiero a lo manifestado por mi colega, es todo”.
En este estado la ciudadana juez, debido a que no se hicieron presentes órganos de prueba acuerda suspender la audiencia oral, de conformidad con lo previsto en los artículos 336 del Código Orgánico Procesal Penal, y fija su reanudación para el día LUNES 25 DE ENERO DE 2010, A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA. Quedando notificadas las partes. Cítese los órganos de prueba. Es todo. Se terminó siendo las 11:00 horas de la mañana, se leyó y conformes firman:
ABG. NELIDA IRIS CORREDOR
JUEZ QUINTO DE JUICIO
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