REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Visto el oficio N° 20-F10-0010-10 de fecha 05-01-10, suscrito por la Fiscal Décima del Ministerio Público Abogada KATY MARICEL GALVIS FLORES, mediante el que solicita a este Tribunal se autorice la destrucción de la droga incautada en la investigación N° 20-F10-0298-09, Causa Penal N° 7C-10260-09, seguida en contra del ciudadano: JUAN JOSÉ RUEDA SALINAS, consistente en la cantidad de: DOCE (12) GRAMOS CON SETECIENTOS (700) MILIGRAMOS DE MARIHUANA, según Experticia Botánica N° 9700-134-LCT-6356, de fecha 21-12-09; ESTE TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, AUTORIZA: La DESTRUCCIÓN de la cantidad de: DOCE (12) GRAMOS CON SETECIENTOS (700) MILIGRAMOS DE MARIHUANA, según Experticia Botánica N° 9700-134-LCT-6356, lo cual se hace de conformidad con lo señalado en el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Así se decide.-





Abg. CIRO HERACLIO CHACÓN LABRADOR
Juez Séptimo de Control




Abg. MARBI CACERES PAZ
Secretaria



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-

Causa Penal Nº 7C-10260-09
CHCL/mav