JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintidós (22) de enero de dos mil diez.
AÑOS: 199° y 150°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de UN (01) folio útil; y DIEZ (10) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por la ciudadana MARIELA YANETH GARCÍA FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.973.212, asistido por la abogada NIDIA GONZALEZ DE MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.2.980.763, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 6.479, en el cual expone: que el día 25 de agosto de 2.005, falleció la ciudadana CELIA FERNÁNDEZ DE GARCIA, quien en vida fuese venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.678.824, quien tuvo su domicilio en la carrera 5, No. 2-35, Urbanización Las Acacias, Parroquia Pedro María Morantes, de esta Jurisdicción; que el deceso fue en el mismo domicilio, a causa de “…CANCER DE MAMA (DUCTAL INFILTRANTE) ESTADIO IV…”, lo cual fue certificado por la doctora CLARA PORRAS, No. M.S.D.S. 27.264, según se desprende de Acta de Defunción No.109, levantada el 29 de agosto de 2.005, por ante el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; Conjuntamente anexó como fundamento a su solicitud: copia mecanografiada de Acta de Defunción No.109 del año 2.005, perteneciente a CELIA FERNÁNDEZ DE GARCIA, expedida el 08 de septiembre de 2.005, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; copias simples de Cédulas de Identidad No. V-5.678.824, V-12.973.212, V-10.168.812, V-3.314.380, pertenecientes a los ciudadanos CELIA FERNÁNDEZ DE GARCÍA, MARIELA YANETH GARCÍA FERNÁNDEZ, JOSE OMAR GARCIA FERNÁNDEZ e HIPOLITO GARCÍA GONZALEZ, en su orden; Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No. 3 del año 1.977, perteneciente a MARÍELA YANETH, expedida el 03 de diciembre de 2.003; por la Prefectura de la Parroquia San Sebastian del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; copia certificada de Partida de Nacimiento No.3845 del año 1.970, perteneciente a JOSE OMAR, expedida el 11 de septiembre de 1.981; por la Alcaldía del Municipio Catedral del Estado Lara; copia mecanografiada de Acta de Matrimonio No. 104 del año 1.970, perteneciente a los ciudadanos HIPOLITO GARCÍA GONZALEZ y CELIA FERNÁNDEZ GONZALEZ, expedida el 17 de agosto de 2.005, por la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Prefectura del Municipio Iribarren del Estado Lara; Justificativo de testigos evacuado el 21 de enero de 2.010, por ante la Notaría Pública Quinta de San Cristóbal, Estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: ELOISA ISABEL LABRADOR DE ZAMBRANO y RUBEN ERNESTO ZAMBRANO, venezolanos, con cédula de identidad No. V-4.091.035 y V-1.523.849, en su orden. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: Hipólito GARCÍA GONZÁLEZ, MARIELA YANETH GARCÍA FERNÁNDEZ Y JOSE OMAR GARCÍA FERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V-3.314.380, V-12.973.212 Y V-10.168.812, en su orden, en su condición de cónyuge el primero e hijos los siguientes, de la causante CELIA FERNÁNDEZ DE GARCÍA, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-.
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.



Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº1365, siendo las once y media (11:30 a.m.), de la mañana y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL Secretario
Deisy F.
Solicitud N° 7190 -10.