En horas del despacho del día de hoy, Once de Enero de dos mil diez, siendo las diez y cuarenta y cinco de la mañana día y hora señalado para que tenga lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO, la Juez lo declaró abierto con asistencia únicamente de la Abogada NANCY APARICIO GUILLEN, en su condición de Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Táchira, quien solicitó el derecho de palabra y expone: “Vista la no comparecencia de las partes al Primer Acto Conciliatorio esta representación Fiscal Solicita a la ciudadana Juez, que de conformidad con los artículos 756 y 757 del Código de procedimiento Civil declare extinguida la presente causa y ordene el archivo del expediente”. Este Tribunal por cuanto observa que la parte demandante no se hizo presente al acto de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil declara EXTINGUIDO el proceso y ordena el archivo del expediente. Es todo, se leyó y conforme se firma.-


REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR
El Fiscal XIII del Ministerio Público


CARLOS MORENO
SECRETARIO TEMPORAL


mdv