REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA
200º y 151º
EXPEDIENTE Nº SPO1-L-2009-735.
PARTE ACTORA: JOSE DIOMIRO DELGADO MEDINA y OTROS, titular de la Cédula de Identidad Nro: V-4.635.065.
APODERADO DEL ACTOR: GERARDO VILLAMIZAR, de IPSA N°: 38.697.
PARTE DEMANDADA: HIDRÓLOGICA DE LA REGION SUROESTE y HMB INGENIERIA CA.(HIDROSUROESTE).
ABOGADO DEL DEMANDADO: MARIA GUERRERO M. , DAYANA USECHE y JUAN AGUSTIN RAMIREZ, de IPSA Nros: 138.120, 104.591 y 71.471.
MOTIVO: DIFERENCIA DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy, jueves 02 de Diciembre de 2010, siendo las dos y treinta de la tarde (02:30pm) oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la prolongación a la Audiencia preliminar, previo anuncio de Ley realizado por el Alguacil de este Tribunal, asistieron los trabajadores, y los Abogados de ambas partes anteriormente mencionados; la ciudadana Juez de este Despacho, una vez iniciada la Audiencia de conformidad con lo establecido en el articulo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejo constancia de la comparecencia de las mismas, y les concedió un tiempo prudencial para que expusieran sus argumentos, en este estado se le otorgó el derecho de palabra al abogado de la parte demandada y concedido como le fué expuso: propongo a las partes actoras, que reciban la cantidad total de CIENTO TREINTA Y UN MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.131.000,00), los cuales le serán cancelados a los 11 trabajadores en fecha 15-12-2010, ante este Tribunal; de la manera siguiente para cada uno:
A LA PARTE ACTORA: 1- PEDRO PABLO BAUTISTA GONZALEZ la suma de Bs14.500,00; 2- JESUS MANUEL CUELLAR JAIMES la suma de Bs.12.500,00; 3- JOSE DIOMIRO DELGADO MEDINA la suma de Bs.13.000,00; 4- JOSE DE LOS SANTOS DIAZ GALVIS la suma de Bs.13.500,00; 5- ANGEL LEON VELAZCO LA SUMA DE Bs.13.000,00; 6- ALFREDO ELIAS LEON la suma de Bs.14.000,00; 7- PABLO ALFONSO MANCHECO PRADA la suma de BS.6.500,00; 8- FELIX RAMIREZ la suma de Bs.14.000,00; 9- VICTOR MANUEL SANCHEZ RODRIGUEZ la suma de Bs.12.500,00; 10- LUIS IRAIDES BUITRAGO GONZALEZ LA SUMA DE Bs.11.500,00 y 11- ANTONIO JOSE VELAZCO RINCON la suma de Bs.6.000,00.
En ese momento se instó a las partes demandantes a considerar la cantidad ofertada para darle fin al proceso y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho les corresponden al pago de lo demandado. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira; las partes actoras aceptan la propuesta realizada por la parte demandada, señalan estar conformes con el monto del cual no restaría nada a deber por dichos conceptos reclamados en ésta demanda; por ende este Tribunal visto el acuerdo lo HOMOLOGA, se le otorga el carácter de cosa juzgada, dándose por concluido el presente proceso de conformidad con lo establecido por el artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo; se decide expedir cuatro (04) copias certificadas de la presente acta, se hace entrega de las pruebas y no se ordena el archivo del expediente, hasta que conste en autos su pago efectivo. Es todo, termino se leyó y conformes firman:
Dra. YALENA MORA
LA JUEZ.
PARTE ACTORA.
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PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
Exp:2009-735.
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