DECIDE: 1: SE ADMITEN TOTALMENTE LA ACUSACION presentada por el Ministerio Publico en contra del acusado JOSE TOBIAS TORRES ORTEGA, por la comisión del delito de CONTRABANDO DE EXTRACCION. 2: ADMITE TOTALMENTE las pruebas ofrecidas por el Ministerio Publico. 3: SE CONDENA al acusado JOSE TOBIAS TORRES ORTEGA, a Cumplir la pena de 2 AÑOS DE PRISIÓN. Así mismo, se condena a las penas accesorias de ley. 4: SE MANTIENE al acusado JOSE TOBIAS TORRES ORTEGA, la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de la Libertad decretada por este Tribunal. 5: SE DECRETA Y ORDENA EL COMISO de la mercancía y el vehículo retenido en la presente causa. 6: Se exonera al condenado del pago de las costas procesales.