REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

DECIDE: PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano HOLMES VALMIRO DUARTE RODRÍGUEZ, la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA Y AMENAZA, por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ORDENA LA PROSECUCIÓN DEL PROCESO por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. TERCERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LA LIBERTAD al imputado, HOLMES VALMIRO DUARTE RODRÍGUEZ por la presunta comisión del delito atribuido, de conformidad con lo establecido en los numerales 2 y 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal y del artículo 92 ordinal 1, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.