REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
DECIDE: PRIMERO: CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN del ciudadano SAUL CHACON RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE EXTRACCIÓN, previsto y sancionado en el articulo 143 de la Ley Para la Defensa de Las Personas en el Acceso a Los Bienes y Servicios, en perjuicio del Estado venezolano, por encontrarse llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: SE ACUERDA MEDIDA CAUTELAR A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD para el aprehendido SAUL CHACON RODRIGUEZ de conformidad a lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se decreta el comiso preventivo tanto del vehículo como de la mercancía. Se acuerdan las copias solicitadas por la defensa.