REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

DECIDE: PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión de la ciudadana: LUZ MERCEDES SEGURA BENITEZ, por la comisión de los delitos de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO y USURPACION DE IDENTIDAD,. SEGUNDO: Se Ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO,. TERCERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD a la ciudadana LUZ MERCEDES SEGURA BENITEZ, plenamente identificado a quien el Ministerio Público señala en la presunta comisión de los delitos de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO y USURPACION DE IDENTIDAD, previstos y sancionados en los artículos 45 y 47 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la fe pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numerales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: SE ACUERDAN expedir las copias simples solicitadas por la defensa. QUINTO: SE ACUERDA el desglose de la cédula de ciudadanía de la imputada y se ordena dejar copia certificada.